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Corte revoca retorno del clan Chen a Alto Hospicio y ordena que vuelva a la cárcel La Laguna de Talca

Tras un requerimiento ingresado por Gendarmería.

02 de Septiembre de 2026 | 18:25 | Redactado por I. Guerra, Emol
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Longdi Chen, Wu Chen, Wen Chen y Ziliang Chen.

Captura 24 Horas
En lo que supone un nuevo vuelco en la denominada "Operación Cancerbero", la Corte de Apelaciones de Iquique revocó la decisión del Juzgado de Garantía de esa ciudad que ordenaba el regreso del clan Chen a la cárcel de Alto Hospicio.

De esta forma, la mafia de origen chino deberá volver a la cárcel La Laguna, en Talca, donde había sido enviada por Gendarmería por motivos de seguridad.

Los involucrados son Longdi Chen, Wen Chen, Wu Chen y Yonjie Chen, quienes formarían parte de una peligrosa banda criminal transnacional con alto poder económico. Todos se encuentran en prisión preventiva por delitos de asociación ilícita y lavado de activos.


En su resolución, la Corte argumentó que "las decisiones de traslado competen única y exclusivamente a Gendarmería de Chile" y que "los tribunales penales deberán abstenerse de disponer el traslado de imputados a un centro penitenciario determinado".

Puntualizó que "esta directriz es concordante con lo dispuesto en el artículo 3° y 6° numeral 13 del Decreto Ley N° 2.859 Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, y en consecuencia, corresponde a los tribunales abstenerse de sustituir el juicio de conveniencia y factibilidad penitenciaria de la autoridad técnica, a menos que ocurran circunstancias excepcionales que así lo ameriten, cuyo no es el caso".

"De esta manera, analizados los antecedentes aportados por la administración penitenciaria en instancia, sobre los respectivos informes técnicos emitidos (...) se concluye que la permanencia o retorno de los imputados al Complejo Penitenciario de Alto hospicio, sumado al traslado de uno de los encartados desde el CDP Santiago 1, decretado el 24 del mismo mes, importan un riesgo a la seguridad interna, tanto de los imputados como de los demás miembros de la población penal y de los funcionarios custodios, sin que el arraigo social alegado por uno de ellos -Yonjie Chen- resulte suficiente para desvirtuar los motivos de seguridad expuestos por el organismo encargado de velar, exclusivamente, sobre esa materia", enfatizó el tribunal de alzada.

En el fallo, la Corte también desestima la alegación de las defensas sobre una eventual afectación a la comunicación entre los imputados y sus abogados, y desecha la hipótesis de riesgo para la integridad física por variación de temperatura al cambiar la zona geográfica.

"Por estas consideraciones (...) se revoca la resolución de fecha 24 de agosto de 2026 dictada por el Juzgado de Garantía de Iquique, en cuanto mantuvo la orden de traslado y ordenó el retorno de los imputados a los Complejo Penitenciario de Alto Hospicio y al Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, y en su lugar se decide que los imputados Logdi Chen, Wen Chen, Wu Chen y Yonjie Chen deberán permanecen en el recinto penitenciario que determine Gendarmería de Chile", concluye la resolución.

Gobierno valora decisión de la Corte


El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, valoró la decisión del tribunal de alzada y afirmó que debe ser Gendarmería la encargada de definir los traslados carcelarios.

"La resolución de la Corte de Apelaciones de Iquique es relevante, puesto que ratifica que es el director nacional de Gendarmería quien, en conformidad con las facultades que la ley le confiere, debe determinar qué imputados o condenados deben encontrarse en ciertos recintos penales y cuáles de ellos van a estar en máxima u seguridad", sostuvo.

"Por lo tanto, nos parece una cuestión relevante, siempre miras a lo que es el control de la seguridad carcelaria", acotó Rabat.
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