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Rodrigo González fue notificado de su destitución

En tanto, la Concertación acordó privilegiar como candidato a alcalde al concejal radical Jorge Kaplán, acuerdo que será oficializado el próximo martes.

01 de Septiembre de 2000 | 15:10 | UPI
SANTIAGO.- Esta mañana fue notificado oficialmente Rodrigo González sobre el dictamen ratificado por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) que lo destituyó de su cargo de alcalde de Viña del Mar.

En tanto la Concertación acordó privilegiar como candidato a alcalde al concejal radical Jorge Kaplán, acuerdo que según indicó el vocero de la comisión electoral, Víctor Manuel Rebolledo, será oficializado el próximo martes.

La sentencia emanó del Tribunal Electoral Regional, ya que dicho organismo fue el que resolvió en primera instancia.

Según informó el alcalde en ejercicio de la ciudad jardín, Omer Vinales, a partir de mañana sábado se inicia el período de 12 días hábiles que tendrá el concejo municipal para decidir quién ocupará la vacante de concejal disponible, y quien será el nuevo alcalde hasta el próximo 6 de diciembre.

Es así como el plazo definitivo vence el 16 de septiembre, fecha en que deberá haber asumido el nuevo concejal y el nuevo alcalde.

Para ello Vinales en su calidad de secretario municipal convocará a una sesión extraordinaria con a lo menos tres días hábiles de antelación al plazo final estipulado en la ley, con el objeto de zanjar este punto.

En tanto el puesto de concejal debería ser asumido por Roberto Parra, ex candidato pro DC durante las elecciones de 1996 y que conformaba uno de los subpactos de la lista de la Concertación.

Parra asumiría el cupo debido que logró 20 votos más que su más cercano competidor, según un análisis realizado por el departamento jurídico de la municipalidad.

En cuanto al nuevo alcalde, Omer Vinales, explicó que los únicos autorizados para designarlo son los miembros del concejo municipal, no existiendo ninguna otra instancia para resolver el tema. Dijo que en la próxima sesión los concejales deberán votar, indicando que si no hay un candidato que obtenga la mayoría absoluta de los votos de los concejales en ejercicio se debe repetir la votación entre las dos mayorías relativas.
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