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Gobierno regularizará ocupaciones de terrenos fiscales

La iniciativa permitirá consolidar la propiedad en zonas extremas del país, fortalecer las políticas de fortalecimiento poblacional y mejorar las condiciones de vida de miles de familias chilenas que fueron parte de antiguos programas de colonización.

03 de Julio de 2001 | 15:52 | ORBE
SANTIAGO.- El Presidente de la República, Ricardo Lagos, junto al biministro de Vivienda, Urbanismo y Bienes Nacionales, Jaime Ravinet, y al intendente de la Décima Región, Carlos Tudela Aroca, promulgó hoy la Ley de Posesión y Ocupaciones de Bienes Fiscales, que en la Décima Región favorecerá a habitantes de las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena.

Esta iniciativa legal permitirá consolidar la propiedad en zonas extremas del país, fortalecer las políticas de fortalecimiento poblacional y mejorar las condiciones de vida de miles de familias chilenas que fueron parte de antiguos programas de colonización.

Asimismo, facilitará abordar situaciones de irregularidad de la propiedad pendientes detectadas a través del catastro de la propiedad fiscal y del diagnóstico de la propiedad irregular, realizados por el Ministerio de Bienes Nacionales.

Las disposiciones legales que contempla esta ley tendrán una vigencia de cinco años y su costo estimado es de 2 mil millones de pesos.

Beneficiados

En la Décima Región este beneficio se vincula con ocupaciones irregulares de larga data, de inmuebles fiscales de las mencionadas provincias, cuyos ocupantes no pueden beneficiarse de un título gratuito por no cumplir con los requisitos de la actual legislación.

De este modo, se establece una norma especial para que los ocupantes de dichos terrenos -que en la provincia de Llanquihue incluye a las comunas de Cochamó, Maullín, Fresia y Los Muermos-, puedan acogerse al beneficio de título gratuito.

La anterior disposición libera a los beneficiarios de dos requisitos que contempla el DL 1939 para la obtención de un título gratuito: No poseer el beneficiario o su cónyuge otro inmueble y contar con "acta de radicación".

Respecto de los decretos de títulos no inscritos por beneficiarios, a partir de ahora se establece un procedimiento que permite que quienes fueron beneficiados por un título de propiedad otorgado por el Estado o sus herederos puedan regularizar la propiedad que hoy ocupan.

En este escenario, los ocupantes de inmuebles fiscales cuyos derechos emanen de un Decreto Supremo válidamente otorgado por el ministro de Bienes Nacionales y que acrediten posesión material, con a lo menos cinco años de anticipación a la entrada de vigencia de esta ley, podrán solicitar el título gratuito de dominio sobre el inmueble respectivo.

Igualmente, esta normativa pretende resolver 16 casos de antiguos propietarios de predios afectados por la erupción del Volcán Hudson, en agosto de 1991, en la región de Aysén.
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