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Gobierno promulga ley de porte de armas

La iniciativa legal, presentada en octubre de 2003 por el Presidente Ricardo Lagos, tiene por finalidad agravar la sanción de los delitos cometidos con armas, sean éstas de fuego o blancas.

28 de Septiembre de 2004 | 12:11 | El Mecurio en Internet
SANTIAGO.- Con máxima solemnidad, el Presidente de la República, Ricardo Lagos, promulgó pasado este mediodía la ley N° 19.975 que modifica el Código Penal en materia de uso y porte de armas, y que tiene por finalidad agravar la sanción de los delitos cometidos con armas, sean éstas de fuego o blancas.

De esta manera, la iniciativa presentada el 28 de octubre de 2003 por el Presidente Lagos crea una nueva figura penal que sanciona con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de 1 a 4 UTM, a quien porte armas cortantes o punzantes en recintos de expendio de bebidas alcohólicas que deban consumirse en el mismo local.

Igual sanción se aplicará al que en espectáculos públicos, en establecimientos de enseñanza o en vías o espacios públicos en áreas urbanas portare dichas armas, con la diferencia de que en estos lugares el portador puede justificar la tenencia del objeto.

Sobre los puntos anteriores el ministro del Interior, José Miguel Insulza subrayó que el porte de un arma blanca en un lugar donde se expende alcohol, como pub y discotecas, será siempre considerado delito sin posibilidad de justificar y aunque las armas no sean usadas.

Según el artículo 132 del Código Penal, un arma blanca es entendida como: "toda máquina, instrumento, utensilio u objeto cortante, punzante o contundente que se haya tomado para matar, herir o golpear aun cuando no se haya hecho uso de él".

Dentro de esta definición se incluyen cuchillos de cocina, tijeras, cuchillos cartoneros, pierdas, navajas, entre otros.

Otra de las modificaciones que introduce esta ley dice relación con la agravante de ejecutar un delito portando un arma de fuego, sancionada con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días).

Además, la la ley establece que "en los delitos de robo y hurto, la pena correspondiente será elevada en un grado cuando los culpables hagan uso de armas y sean portadores de ellas".

El Presidente Lagos sostuvo que entre hoy y mañana la nueva modificación legal será publicada en el Diario Oficial para que esté en vigencia a partir del próximo fin de semana.

Dentro de la serie de iniciativas promovidas por el Gobierno para enfrentar el tema de la delincuencia, el ministro Insulza destacó la promulgación en el día de ayer de la ley que establece la creación de un registro de ADN de los delincuentes.

El secretario de Estado valoró además la serie de proyectos que se encuentran en su fase final en el Congreso, como lo son la modificación de la Ley de Armas, la cual establece más exigencias para inscribir armas y prohíbe su porte, además de incluir las armas hechizas y otras de fabricación casera como las bombas molotov.

Insulza también mencionó la iniciativa legal que establece la responsabilidad juvenil y aprovechó la oportunidad de hacer un llamado a los parlamentarios de oposición para que entreguen su apoyo a esta iniciativa.
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