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Dictan condena en juicio abreviado por arista del caso EFE

El Séptimo Juzgado de Garantía sentenció a 541 días de presidio remitido a Ruby Maldonado, quien trabajó para una empresa contratista de la ferroviaria, y también deberá pagar 12 UTM en un plazo máximo de un año.

18 de Febrero de 2008 | 17:04 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- En un procedimiento abreviado, el séptimo juzgado de garantía de Santiago condenó a Ruby Maldonado Aliste a 541 días de presidio remitido en calidad de autora del delito de apropiación indebida de especies, en una arista del denominado caso EFE.


En su fallo, el juez Ponciano Sallés consideró que Maldonado Aliste tuvo responsabilidad como autora del delito previsto y sancionado en el artículo 470 N°1 del Código Penal, "en carácter de reiterado", condenándola a la pena de "541 días de presidio menor en su grado medio, más la accesoria legal de suspensión para cargos u oficio público durante el tiempo que dure la condena".


Además, la sentenciada deberá pagar el equivalente a 12 UTM, otorgándole el tribunal un plazo de un año (entre abril de 2008 y abril de 2009), "para enterar en las arcas fiscales la multa impuesta, esto es, 12 cuotas iguales y sucesivas equivalentes a la suma de 1 UTM, pagaderas dentro de los cinco primeros días de cada mes".


De no pagar una sola de las parcialidades, agrega la resolución, se "hará exigible el total de la multa adeudada".


Además, de no pagar la multa impuesta "sufrirá la pena de reclusión, regulándose un día por cada quinto de UTM que no pagare, sin que dicha sanción pueda exceder de seis meses".


A Maldonado le favoreció aceptar su responsabilidad en los hechos que se le imputaban, entre ellos la participación en la defraudación por $ 79.374.923 que sufrió la Empresa de Ferrocarriles del Estado –EFE- entre julio de 2005 y enero de 2006.


Ruby Maldonado trabajó para la empresa contratista Escobar-Escobar y Compañía Limitada, la que tenía la concesión para el control de los accesos de vehículos –peajes- del Puente Lonquén, pertenecientes a la empresa ferroviaria. "Por dichos servicios se pactó un pago fijo mensual de 233 UF más IVA y un pago variable ascendente a un 5% de la recaudación mensual efectiva".


La empresa contratista designó a Maldonado Aliste como supervisora del peaje referido, por lo que "era responsable de su adecuado funcionamiento, incluyendo los aspectos relacionados con la recaudación y control de los dineros ingresados".


En el fallo, el magistrado deja establecido que Maldonado Aliste no fue la autora intelectual del delito, sino que una pieza del "complejo sistema por el cual se pretendía defraudar al Fisco, y difícilmente pudo dimensionar la magnitud del fraude planificado por otros".


La remisión condicional de la pena implica que Maldonado Aliste deberá estar sujeta a la vigilancia de Gendarmería por un plazo de 18 meses.

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