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Expertos se dividen por "constitucionalidad" de moción que impediría el cobro de intereses ante suspensión de campañas electorales

En medio del debate por la postergación de los futuros comicios para el mes de mayo, los parlamentarios presentaron esta indicación.

01 de Abril de 2021 | 18:51 | por Ignacia Munita C., Emol
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El Congreso discute por el proyecto que busca aplazar los comicios para el 15 y 16 de mayo.

Aton Chile.
Una de las indicaciones que ha encendido las alarmas entre las instituciones bancarias, en el marco de la discusión de la reforma constitucional que busca postergar los masivos comicios que estaban programadas para el 10 y 11 de abril, dice relación con la suspensión del pago de intereses por los creditos contratados para financiar gastos electorales.

La propuesta impulsada por los diputados del Frente Amplio, Catalina Pérez (RD) y Diego Ibáñez (CS) fue transversalmente apoyada por los parlamentarios de oposición y oficialismo, tras la votación que se llevó a cabo este miércoles en la Sala de la Cámara de Diputados, sumando 99 a favor, 28 en contra y 18 abstenciones.

A su vez, el Senado aprobó la idea de legislar la propuesta, que cuenta con discusión inmediata, y que la tarde del jueves comenzó a ser revisada por la comisión de Constitución del Senado, en su tercer trámite constitucional.

Así el texto estipula que los créditos contratados por candidatos y partidos políticos con instituciones del sistema financiero, registradas ante la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, no devengarán intereses durante el tiempo en que la campaña establecida para esta ley esté pausada, y la misma se considerará para los efectos legales, como causal de fuerza mayor.

Luis Opazo, gerente general de la Asociación de Bancos (Abif), hizo notar sus objeciones ante esta situación e indicó a este medio que "la indicación es abiertamente inconstitucional, afectando el derecho de propiedad de acreedor a percibir los intereses legítimamente pactados en un contrato previamente acordado entre las partes".

Sumado a esto, en entrevista con El Mercurio, Opazo señaló que "el gremio considera que desde una perspectiva más amplia, el hecho de que se considere la postergación de las elecciones como causal de fuerza mayor, permitiría dejar de cumplir ciertas obligaciones, como por ejemplo, pagar rentas de contratos de arrendamientos".

"La indicación es abiertamente inconstitucional, afectando el derecho de propiedad de acreedor a percibir los intereses legítimamente pactados en un contrato previamente acordado entre las partes"

Gerente general Abif

El debate por la constitucionalidad

Por lo mismo, ante las dudas de si esta opción dialoga con las normas constitucionales vigentes, el abogado socio de CBC Abogados, Pablo Cifuentes, aseguró a Emol que la iniciativa podría ser entendida como una transgresión al principio general de igualdad ante la ley, el cual está consagrado en el segundo artículo de la Constitución, y que, a grandes rasgos, establece que "en Chile no hay persona ni grupos privilegiados".

Desde su perspectiva, tal y como está acordada la propuesta, "se podría entender que los candidatos estarían accediendo a un beneficio hecho a la medida, por medio de los co-militantes de sus partidos políticos en el Congreso, con los cuales comparten natural interés, dejando sin efecto obligaciones que contrajeron en forma libre y voluntaria, como es el pago de intereses, contando, en dicho sentido, con una prerrogativa o privilegio del que no dispone el resto de la ciudadanía".

Para contextualizar en cifras, según un estudio confeccionado por la consultora Unholster, basado en los aportes hechos ante el Servicio Electoral de Chile (Servel), los préstamos bancarios se han convertido en una vía relevante de financiamiento en estas elecciones.

Según el informe, hasta el 26 de marzo, Chile Vamos solicitó créditos por $990 millones, en tanto que Unidad Constituyente se adjudicó $480 millones y $145 millones para los postulantes del Frente Amplio.

"Se podría entender que los candidatos estarían accediendo a un beneficio hecho a la medida, por medio de los co-militantes de sus partidos políticos en el Congreso, con los cuales comparten natural interés, dejando sin efecto obligaciones que contrajeron en forma libre y voluntaria, como es el pago de intereses, contando, en dicho sentido, con una prerrogativa o privilegio del que no dispone el resto de la ciudadanía"

Pablo Cifuentes, abogado CBC Abogados
Considerando esas cifras, Cifuentes sostuvo que dicha proposición "riñe en forma más directa con el derecho de propiedad, - cuya protección se encuentra garantizada en el numeral 24° del artículo 19 de la Constitución – porque los bancos e instituciones financieras que otorgan los créditos, al ser acreedores de los intereses pactados, tienen un derecho de propiedad, sea sobre estos en forma directa o sobre el derecho a que estos le sean pagados".

Por ello, "si se llegara a declarar la extinción de la obligación de pagos, se podría afirmar que aquel derecho les estaría siendo expropiado".

Conforme a las reglas actuales, la expropiación es permitida cuando se ven implicados temas de utilidad pública o interés nacional, lo que para el socio de CBC Abogados, "en este caso no concurre, y contra el pago de indemnización que, por supuesto, tampoco forma parte de la propuesta".

Pese a ello, Iván Arcos, abogado y director de área de Gobierno y Derecho Público de Moraga& Cia, hizo un alcance y explicó que, si bien en circunstancias normales, la medida le parece "absolutamente improcedente y de dudosa constitucionalidad".

Sin embargo, dada la situación actual, declaró que "la decisión de aplazar las elecciones implica también aplazar la operación del sistema de financiamiento público de la política, y eso por cierto, impacta en la capacidad de los candidatos y partidos de poder cumplir con las obligaciones que fueron contratadas respecto de los créditos".

Es bajo ese contexto que Arcos percibe como "razonable o al menos discutible" que se aborde la materia impulsada por los parlamentarios de oposición.

"Se trata de una norma excepcional, producto del aplazamiento de las elecciones y no es una norma general que modifica nuestro orden jurídico de aquí en adelante, es una norma absolutamente excepcional, y en ese entendido, es que hubo un acuerdo transversal de la clase política y los parlamentarios, que por lo demás, no son los candidatos hoy día, por lo que no están legislando según su propio interés"

Iván Arcos, abogado de Moraga& Cia
"Los créditos van a seguir generando interés, pero la posibilidad que tengan los candidatos y partidos de acceder al financiamiento público, no les va a permitir cumplir con los plazos establecidos (…) en situaciones normales esto atenta contra muchas cosas en términos jurídicos, de derecho de propiedad y un montón de aspectos presentes en nuestro ordenamiento, por eso, en circunstancias normales, me parecería algo totalmente improcedente e inconstitucional".

No obstante, hizo un alcance, afirmando que en este caso, "se trata de una norma excepcional, producto del aplazamiento de las elecciones y no es una norma general que modifica nuestro orden jurídico de aquí en adelante, es una norma absolutamente excepcional, y en ese entendido, es que hubo un acuerdo transversal de la clase política y los parlamentarios, que por lo demás, no son los candidatos hoy día, por lo que no están legislando según su propio interés".

E insistió defendiendo que la intención impulsada por los políticos "responde al aplazamiento del proceso eleccionario y a la crisis sanitaria que enfrenta el país, es ajeno a la capacidad de control de los candidatos y partidos, entonces es algo que escapa de ellos. Además, lo que piden no radica en no pagar, sino que evitar que se generen intereses por el periodo que se aplace todo esto, es algo excepcionalísimo".

Es ante este complejo escenario, relacionado a la legalidad de la norma, que desde la Abif esperan que la comisión de Constitución de la Cámara Alta "analice las diversas implicancias constitucionales y económicas de las iniciativas", considerando además que, dada la naturaleza de este proyecto, es necesario que converse con la constitucionalidad vigente.
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