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CMF anuncia medidas excepcionales para facilitar flujo de créditos a empresas ante la persistencia de la pandemia

Se busca "atenuar" el shock sobre la economía que ha significado la crisis sanitaria.

23 de Abril de 2021 | 11:46 | Por A. González, Emol
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció medidas transitorias para el tratamiento de las provisiones exigidas a bancos y cooperativas, tendientes a facilitar el flujo de créditos a empresas y atenuar el impacto del shock sobre la economía por la persistencia de la pandemia del covid-19.

Según comunicó el regulador financiero, el tratamiento excepcional dispuesto por la Comisión para la cartera comercial evita computar mayores provisiones por el hecho de postergar los pagos de las cuotas correspondientes a las flexibilizaciones otorgadas por las instituciones financieras.


"De esta manera se facilitan las condiciones de reprogramación que bancos y cooperativas le ofrezcan a sus clientes de la cartera comercial", dijo el organismo.

Añadió que las alternativas otorgadas por la Comisión para el tratamiento de provisiones no son un límite a las opciones de pago más flexibles que las instituciones financieras puedan ofrecer a sus clientes.

Tampoco -agregó- los exime de la responsabilidad de mantener una adecuada evaluación de su gestión de riesgo de crédito y liquidez, a objeto de no comprometer su fortaleza financiera.

"La Comisión reitera la importancia de que bancos y cooperativas entreguen información clara y precisa sobre las ofertas que realicen a sus clientes, las condiciones crediticias, las alternativas y diferencias con otros financiamientos con garantía del Fogape, la situación de los seguros asociados y toda aquella información que resulte relevante para evaluar adecuadamente las distintas alternativas de financiamiento".

CMF

Medidas dispuestas

Cabe recordar que durante 2020 la CMF ya había dispuesto un tratamiento transitorio para las provisiones exigidas a bancos y cooperativas en reprogramaciones de la cartera comercial, de consumo e hipotecaria.

De esta forma, el nuevo tratamiento excepcional, que estará vigente hasta el 31 de julio de 2021, considera el congelamiento de las provisiones cuando se cumplan las siguientes condiciones:

- Los deudores de la cartera comercial deberán encontrarse al día o tener una mora no superior a 30 días al momento que se realiza la reprogramación.

- Los períodos de gracia o créditos de postergación, de esta medida u otra, no podrán sumar más de 6 meses consecutivos.

- Los bancos deberán tener especial consideración con aquellos deudores que se hayan acogido a medidas de postergación anteriores, debiendo éstos haber demostrado un buen comportamiento de pago de sus cuotas durante el periodo entre postergaciones.
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