Spot de la temporada 2018 de "Vértigo".
La SegundaA raíz de la demanda presentada por Sebastián Dávalos: ¿Qué opina sobre las rutinas de Yerko Puchento? |
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Él hace humor sobre la contingencia. Yo creo que lo que hace se cataloga de injuria porque se ríe del físico de los personajes y eso a alguna gente le molesta. En lo personal, a mí no me gusta, pero puede resultar gracioso. Ahora, la calumnia es adjudicarle cosas que la gente no haya hecho, pero no estoy tan seguro de que no las hayan hecho en este caso en específico. Sergio Riesenberg, director histórico de "Sabor latino" y ex director del Festival de Viña entre 1981 y 1990.Hay una línea tan delgada entre lo que ya es injuria y lo que es humor, buen o mal gusto. Es tan difícil. Yerko Puchento sí hace humor. En el último tiempo, es panfletario y político, pero es humor. Sobre todo en años anteriores. Yo a Daniel Alcaíno lo hallo un genio, un genio como actor por lo que provoca. Porque en el fondo, 'Vértigo' es un programa que es el show de Yerko Puchento más algunas otras cositas, más algunos otros agregados. 'Vértigo' no sería nada sin Daniel Alcaíno. No existiría el programa si no estuviera él. Siento que de pronto se puede equivocar, se le puede pasar la mano, pero yo valoro cómo cautiva a la gente y la críticas sociales que ha hecho. |
Voy a decirlo en términos artísticos: es una performance lo de este personaje Dávalos, un poco para denostar al canal de televisión y al artista que encarna a Yerko Puchento. Es una performance comunicacional y no le asignaría más valor que ese. Lo que busca él simplemente es demostrar su molestia. Cristián Leporati, director de la Escuela de Publicidad de la Universidad Diego Portales, panelista de radio Futuro, ADN y CNN Chile.Yo soy súper pro igualdad de género desde siempre y he encontrado que muchas veces lo que hace Yerko Puchento con las mujeres, por ejemplo, es bastante burdo, por decir lo mínimo. Para mí es un desagrado. Yo lo veo y lo cambio. Pero más allá de todo eso, que es un tema personal mío, es un personaje de la TV abierta y punto. Ese tipo de cosas, enganchar con eso, justamente es lo que busca ese tipo de caracterizaciones. Con eso magnifican el impacto, generan ruido ambiental, generar memes, después viene la viralización y todo un cuento de algo súper tangible, puntual, acotado y por eso expande el impacto que es humor para el canal de TV, para el programa y para el artista que encarna ese personaje. Pero no es más que eso. Ándate a Argentina, a Brasil. Allá Yerko Puchento hay por montones y la gente no pesca. Es humor, podemos entrar a discutir si es bueno o malo, pero es humor y chao. Si enganchas como engancha Dávalos, está mal. Está equivocado y le sale el tiro por la culata. Enaltece y posiciona a este personaje que es Yerko Puchento, le da más fuerza. Le da más fuerza al programa. Lo está haciendo todo mal. |
En lo que se refiere al fundamento de la demanda presentada por el señor Dávalos, cabe mencionar que resulta legítima su presentación. Esto encuentra su fundamento en el hecho de que la Constitución señala que toda persona que se sienta vulnerada (incluida la vulneración al honor) tiene derecho a recurrir ante los tribunales para que dicha situación cese o sea reparada. Diego Pérez, académico en Derecho Civil de la Facultad de Derecho y Gobierno U. San Sebastián.En la demanda, Dávalos pide una indemnización por daño emergente, moral y lucro cesante equivalente a $3.360 millones. La mayor parte de esta se la lleva el daño moral, por el cual pide $2.000 millones. ¿Cómo se da un valor a esto y si considera que es 'prudente' exigir este monto o resulta excesivo? El cómo se avalúan los daños extra-patrimoniales que genera un acto u omisión es una de las grandes problemáticas del derecho civil patrimonial. En ese sentido, no existe una regla general aplicable a todos los casos, sino que se ha de atender a las particularidades de cada uno de ellos. No parece prudente, empero, que en una presentación el monto solicitado por concepto de daño moral sea el más alto, ya que ello supone, por una parte, que el demandante deberá probar que efectivamente se generó ese daño, y, por la otra, que el monto solicitado se condice con el menoscabo que sufrió. Es decir, implica una carga probatoria no menor para el demandante. |