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TC acoge requerimiento de secretario del Senado, Raúl Guzmán: No será formalizado por infracción sanitaria

Se argumentó que el funcionario ya había pagado una multa tras un sumario de la Seremi por los mismos hechos. El ex fiscal arriesgaba ser imputado por el artículo 318 del Código Penal.

21 de Enero de 2021 | 17:11 | Por Cinthya Carvajal y Juan Peña, Emol
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El Mercurio/Archivo
El Tribunal Constitucional (TC) acogió por unanimidad el requerimiento del secretario del Senado, Raúl Guzmán y no será formalizado por el artículo 318 del Código Penal, que sanciona las faltas a las normas sanitarias.

El argumento es que no se puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, ya que el funcionario había sido sancionado con el pago una multa en un sumario sanitario, aplicada por la Seremi de Salud.

Cabe recordar que Guzmán junto a Patricio Rosas, fiscal de la zona sur y Roberto Contreras, asesor del mismo órgano, asistieron el 25 de junio del año pasado a un restaurante de la comuna de San Miguel que, en ese momento, estaba en cuarentena.

La Seremi de Salud metropolitana resolvió iniciar un sumario sanitario que culminó con la aplicación de una multa de 50 UTM, lo que en ese entonces, eran $2.516.000, a los tres involucrados. "La sentencia se basa en que los hechos sí conciernen una infracción", aseguró la Seremi.

En paralelo, en julio, el Ministerio Público abrió una investigación penal contra el ex persecutor regional sur por eventual infracción al artículo 318. Dos meses después, la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena, solicitaba hoy al 11° Juzgado de Garantía de Santiago audiencia para formalizarlo.

En este contexto, Guzmán acudió al Tribunal Constitucional quien declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que presentó, sin acoger la suspensión de la formalización que solicitaba, dando inicio al análisis del fondo del conflicto.

El recurso en cuestión buscaba dejar sin efecto la audiencia de formalización; tema que hoy fue resuelto por el TC.

El art. 318 del Código Penal sanciona "el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales".
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