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¿Tiene dinero olvidado en los bancos? SBIF llama a cobrar $62.000 millones en acreencias

Esta cifra corresponde a sumas de dinero que no ha registrado movimientos o no han sido cobrados en los bancos durante dos años.

04 de Abril de 2018 | 09:38 | Redactado por Fernanda Mujica, Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Desde hoy está disponible la publicación "Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad", realizada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

Se trata de poco más de cien mil acreencias que se encuentran en 15 instituciones bancarias, que en total suman alrededor de $62 mil millones.

De esta cifra, $54 mil millones son acreencias en moneda nacional, mientras que también hay acumulados más de US$14 millones y 185 mil euros, entre otras monedas.

Para quienes quieran revisar las acreencias, pueden hacerlo a través de un sistema de buscador en el sitio web acreencias.clientebancario.cl y también por medio de aplicaciones para celulares disponibles en iOS y Android.

Si alguien encuentra su nombre en el listado que se publica hoy y no ha cobrado el monto, debe contactarse con el banco que entregó la información para recuperar el dinero. Tanto la búsqueda en el sitio web como la gestión de cobro en cada banco es gratuita y se puede realizar en forma personal.

Esta información se da a conocer para que los interesados realicen el procedimiento para recuperarlas y se enmarca en el objetivo de la SBIF de contribuir a la transparencia del mercado financiero. Así, la publicación recopila los reportes enviados por los bancos a la Superintendencia y publicados en el Diario Oficial.

Lo anterior se hace en cumplimiento del artículo N°156 de la Ley General de Bancos, relativo a las Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad, el cual indica que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada por el banco mediante una publicación en el Diario Oficial, si el monto es superior a 5 UF.

Además, los bancos deben reportar a la SBIF todas las acreencias desde al menos 1 UF, con lo que se amplía el listado publicado por el Diario Oficial.

En el caso de que el dinero no sea cobrado luego de tres años desde que se realiza la lista, lo que ocurre en enero de cada año para ser publicada en marzo, la institución financiera deberá enterar al Fisco esos recursos restando los gastos de publicación.

Lo dispuesto en el artículo no aplica para los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática, a las boletas o depósitos de garantía, a las sumas recibidas por cheques viajeros, y para los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.
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