Imagen de la película china Ne Zha 2.
El Mercurio
La irrupción global de la película china Ne Zha 2 -a la fecha la cinta animada más exitosa en términos de taquilla- solo ha dejado huella en la historia del cine mundial (más de US$2.100 millones de recaudación desde su estreno en enero), sino que también podría hacerlo en el sistema marcario nacional.
Esto, debido al conflicto que genera la intención de registrar, por parte de un importadora china, el nombre de uno de sus personajes icónicos: Ao Bing. Representada en Chile por el estudio Silva, la compañía cinematográfica china Beijing Enlight Media presentó recientemente ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) una oposición a la solicitud de registro de la marca "AOBING" hecha por Tingting Chen -empresaria del rubro de las importaciones- para productos en clase 28, categoría que incluye juguetes, figuras animadas, artículos de juego y merchandising.
Según consta en el documento presentado por los abogados,
dicha solicitud vulnera la ley sobre propiedad industrial, por cuanto argumentan que el signo propuesto no solo es gráficamente idéntico al personaje protegido por Enlight Media -tanto en forma como en concepto-, sino que busca, además, aprovechar la popularidad que ha alcanzado.
Lo anterior, sostienen, genera una "clara posibilidad de error o confusión en los consumidores respecto del origen de los productos. El coprotagonista de la saga Ao Bin ha adquirido fama mundial por su carisma y vínculo simbólico con el renacimiento cultural chino (proviene de la novela clásica "Investidura de los Dioses").
Los argumentos
Desde Silva enfatizan que este caso busca, por un lado, proteger los intereses de su representado, pero, por otro, establecer también un precedente en la protección de activos intangibles de alto valor cultural y comercial.
Y agregan que la apropiación no autorizada de personajes reconocibles -sobre todo cuando existen registros previos de marca y derechos de autor- pone en riesgo la fidelidad del consumidor y erosiona el principio de competencia leal.
Precisamente, la acción legal se sustenta en tres causales principales: el riesgo de engaño respecto de la procedencia, ya que el diseño propuesto replicaría intencionalmente la figura de Ao Bing; la reproducción de una marca famosa y notoria registrada en el extranjero; y el actuar de mala fe del solicitante, pues quedaría en evidencia una estrategia deliberada de capitalizar comercialmente la fama del personaje sin autorización de su creador.
Desde Silva estiman que de aquí a diciembre podría haber un primer pronunciamiento sobre el caso.