EMOLTV

Decisión del TC de autorizar recetar lentes al interior de ópticas desata polémica

El Tribunal declaró inconstitucional una norma del Código Sanitario que prohíbe instalar consultas médicas al interior de esos recintos. La Sociedad de Oftalmología advierte que la decisión podría llevar a que se "sobre-receten" lentes ópticos.

20 de Noviembre de 2018 | 14:18 | Por Natacha Ramírez, Emol
imagen

El TC dio luz verde a que una consulta médica y una óptica puedan funcionar en el mismo recinto.

El Mercurio
SANTIAGO.- En Chile, la ley prohíbe que se puedan instalar consultas médicas o de tecnólogos médicos al interior de las ópticas. Esto, en la práctica, significa que no se podían recetar lentes en el mismo lugar donde éstos se venden.

Sin embargo, una reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC) declaró inaplicable por inaplicable esa norma –incluida en el Código Sanitario–, por considerarla inconstitucional. La decisión rige para dos casos de particulares que recurrieron al organismo para solicitarle que se prenunciara al respecto, tras ser sancionados por la autoridad sanitaria; aunque podría abrir la puerta a que se presentara un requerimiento de inconstitucionalidad general de la norma.

La decisión del TC provocó el rechazo del Colegio Médico y de la Sociedad Chilena de Oftalmología, que –a través de un inserto– manifestaron su "profunda decepción" por la decisión del TC y advirtieron que esto podría llevar a que se "sobre-receten" lentes ópticos, ya que el profesional que hará el diagnóstico estará relacionado con la óptica.

"El Tribunal, sin saberlo a lo mejor, ha dado luz verde a la mercantilización de la salud ocular de la población, puesto que la norma legal tiene un fin claro y prudente, que es evitar el incentivo perverso hacia el profesional de la salud que atiende en el establecimiento de óptica, y que pueda verse inducido a sobre-diagnosticar vicios de refracción y sobre-recetar a raíz que, dado que siendo un trabajador dependiente del establecimiento de óptica su remuneración podría depender del volumen de venta de lentes ópticos", dice la declaración.

Agrega que valoran aquellas ópticas que, "por razones de buen criterio y en una actitud desinteresada y responsable, no tendrán profesionales prescribiendo lentes dentro de sus locales".

Las razones del TC


Según explica el Tribunal Constitucional en su resolución, no existe "una justificación razonable para prohibir que un establecimiento óptico pueda desempeñar sus funciones en un sector del mismo establecimiento en el que existe un centro médico".

Sostiene que el hecho de que haya una "separación física" entre la óptica y la consulta médica no tiene "absolutamente ninguna" incidencia en "un eventual problema de sobre-indicación de lentes ópticos", ya que eso "incluso podría cumplirse funcionando en un recinto distinto, pero aledaño". De hecho, la ley no prohíbe la cercanía física de ambos establecimientos.

A juicio del TC, "se está en presencia de una diferenciación legal carente de razonabilidad y, por lo mismo, arbitaria", la cual además "vulnera la igualdad ante la ley".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?