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Suprema confirma multa de $72 millones al Sanatorio Alemán de Concepción por explosión del año pasado

En fallo unánime, el máximo tribunal determinó que "debe estimarse legal" la actuación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

09 de Septiembre de 2019 | 13:33 | Por Equipo de Actualidad, Emol
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La explosión en el Sanatorio Alemán de Concepción ocurrió el 21 de abril del año pasado.

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SANTIAGO.- La Corte Suprema confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso presentado en contra de la decisión de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que aplicó una multa de 1.500 UTM ($72.529.500) a la Clínica de La Mujer del Sanatorio Alemán de Concepción.

El fallo fue tomado por la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Jorge Lagos y Rafael Gómez.

En la sentencia se señala que "de acuerdo a lo que se viene razonando, al haberse demostrado fácticamente el incumplimiento a disposiciones reglamentarias, lo cual no fue desvirtuado al agotarse la instancia administrativa, y siendo ello debidamente justificado en las decisiones que adoptó la Autoridad Fiscalizadora, desde ya debe estimarse legal su actuación"

El 24 enero de este año, la SEC aplicó tres multas a igual número de empresas al cerrar su investigación por la fuga de gas que dio origen a la explosión que afectó al Sanatorio Alemán, el 21 de abril de 2018, que dejó un saldo de tres personas fallecidas y varios heridos.

Las sanciones fueron de 11.000 UTM ($531.883.000) a Gas Sur; 1.500 UTM ($72.529.500) al Sanatorio Alemán; y 311 UTM ($15.037.783) a la Constructora ISD.

Cargos


A Gas Sur se le formularon cuatro cargos: no conservar los estudios, documentos técnicos y planos de la construcción de la matriz interior de gas (empalme); no haber adoptado las medidas adicionales de seguridad para proteger dicha matriz; no haber revisado periódicamente el empalme: conectar instalaciones de gas y prestar servicio a instalaciones interiores sin cumplir con las normas legales y reglamentarias.

En el caso del Sanatorio Alemán, el cargo fue por no haber declarado dos instalaciones interiores de gas, modificadas por dicho centro asistencial, compuestas, una con cuatro mecheros y la otra con dos calderas, lo que constituye una infracción a la normativa vigente.

"Es conveniente insistir en la potencial peligrosidad que implica el uso y manejo de instalaciones de gas, por lo que es de la mayor pertinencia su adecuado control y fiscalización, en especial cuando se trata, como en la situación en estudio, de una clínica, cuya función esencial es la de procurar la recuperación y rehabilitación a personas enfermas, y debiendo, por consiguiente, respetar cabalmente la normativa legal y reglamentaria"

Fallo de la Corte Suprema
En tanto, a la Constructora ISD se le formuló un cargo, por ejecutar obras civiles sin contar con los planos del trazado de las redes de gas, no haber informado el cronograma de obras a la empresa de gas, no haber utilizado procedimientos de excavación apropiados en los casos de cercanías de redes y por no adoptar todas las medidas necesarias para evitar cualquier daño a las redes de gas.

El fallo también sostiene que "es conveniente insistir en la potencial peligrosidad que implica el uso y manejo de instalaciones de gas, por lo que es de la mayor pertinencia su adecuado control y fiscalización, en especial cuando se trata, como en la situación en estudio, de una clínica, cuya función esencial es la de procurar la recuperación y rehabilitación a personas enfermas, y debiendo, por consiguiente, respetar cabalmente la normativa legal y reglamentaria".
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