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Defensa de Presidente Piñera sostiene que acusación constitucional contra el Mandatario "no es admisible"

Además temen por una banalización del instrumento, "que podría significar un grave atentado contra la gobernabilidad del país".

04 de Diciembre de 2019 | 23:51 | Por Shirley Berndt, Emol
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SANTIAGO.- En la noche de este miércoles fue presentada la defensa frente a la acusación constitucional contra el Presidente Sebastián Piñera, que parlamentarios de oposición presentaron a raíz de las denuncias de violaciones a los Derechos Humanos registradas en medio de la crisis social.

El documento invocó la llamada cuestión previa y la contestación, donde se planteó que "la acusación constitucional contra el Presidente Piñera no es admisible".
Esto a raíz de que no cumpliría con los requisitos mínimos, como ser de carácter excepcional o de última ratio. "De las múltiples herramientas de control que tiene la Cámara de Diputados, la acusación constitucional es la más excepcional de todas", dice el texto.

Agregan que esta acusación debe ser utilizada de forma restrictiva "reservándolo sólo para casos en que se han agotado todas las vías jurídicas y políticas para solucionar conflictos".

Es por esto que sostienen que se podría incurrir en una "banalización de este instrumento y podría significar un grave atentado contra la gobernabilidad del país, paralizando la atención de los altos mandos".

Y fueron enfáticos en señalar que "la acusación constitucional no debe ser utilizada para ejercer presión política sobre un gobierno. El desacuerdo político tiene otros cauces para manifestarse".

Junto con esto, defienden el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia, ya que frente "a la ola de violencia criminal, el Presidente utilizó las facultades e instrumentos que la Constitución y la ley le otorgan, dentro del Estado de Derecho, para resguardar el orden público y la seguridad pública".

Por lo que destacaron que el funcionamiento de la institucionalidad chilena "ha sido reconocida por los organismos internacionales, incluyendo el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Human Rights Watch".

Acusación realiza imputaciones imprecisas


Desde la defensa señalaron que las imputaciones que se realizan al Mandatario son "genéricas e imprecisas, y se fundan en hechos y circunstancias que todavía están siendo investigadas y que no han sido acreditadas por los tribunales de justicia".

Aseguraron que los tribunales no se han pronunciado, que los acusadores no han acompañado la acusación con antecedentes y que (acusadores) desconocen "por completo" las investigaciones que se están llevado a cabo por el Ministerio Público.

Además afirmaron que el Gobierno ha prestado toda su colaboración para las investigaciones que están en curso y que "se intenta sostener, equivocadamente, que el Presidente habría consentido a que se cometieran violaciones sistemáticas y generalizadas a los Derechos Humanos, sin explicitar ningún acto que apunte a ello ni tampoco la forma en que se habría expresado ese consentimiento".

No cumple con requisitos mínimos


El documento establece que la acusación "sólo puede proceder por actos que son de su administración, es decir por actos que le sean personalmente imputables y no atribuibles a terceros".

Los actos deben ser por responsabilidad directa y personal, en este caso del Mandatario, y no por acusaciones contra terceros.

Se especifica que "la acusación constitucional contra el Presidente de la República sólo procede por actos, es decir, por acciones suyas y no por omisiones. Esto es algo excepcional para las acusaciones en contra del Presidente de la República, a diferencia de otras altas autoridades".


Desde la defensa sostuvieron que el derecho de declarar Estado de Emergencia es "privativa del Presidente". Por lo que los demás poderes del Estado no deberían pronunciarse al respecto.

"Los acusadores no deben ni pueden calificar si las circunstancias ameritaban o no la declaración del Estado de Emergencia".

Constestación

El texto explica que "la acusación no formula ninguna imputación al Presidente de la República basada en actos materializados por él". Los únicos que se mencionan son la declaración del Estado de Emergencia y la suspensión de la APEC y de la COP 25.

Pero para la defensa "ninguno de estos tres actos constituye una infracción a la constitución y a las leyes".

Como tampoco "entrega antecedentes suficientes que permitan dar por acreditadas violaciones a los Derechos Humanos, ni tampoco permite distinguir las circunstancias en que cada uno de ellos ocurrieron. Esta acusación solo se limita a enunciar una serie de hechos que se encuentran actualmente siendo investigados, con la total colaboración del Gobierno que encabeza el Presidente de la República, para determinar judicialmente si constituyen violaciones a los Derechos Humanos", puntualizaron.

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