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Metrogas señala que contaba con argumentos para impugnar legalmente resolución de SEC

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles instruyó a la distribuidora devolver $1.486 millones por haber cobrado indebidamente a los usuarios bajo el ítem gastos de cobranza.

29 de Mayo de 2012 | 16:12 | Valor Futuro
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El Mercurio

SANTIAGO.- En una carta enviada a la SVS, Metrogas señaló que contaba con argumentos "para haber impugnado legalmente" el requerimiento de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para devolver $1.486 millones a cerca de 150 mil clientes.


El pasado 3 de mayo, la SEC instruyó a la distribuidora chilena que devuelva dicho monto, por haber cobrado indebidamente a los usuarios bajo el ítem gastos de cobranza.


El titular de la SEC, Luis Ávila, aclaró en su momento que si bien las empresas pueden realizar cobros por concepto de gastos de cobranza, estos deben estar respaldados en acciones diferentes a las propias del proceso de facturación.


En la carta enviada a la SVS, Metrogas indica que la situación se originó por un reclamo interpuesto por un cliente en octubre de 2010, ante lo cual la SEC instruyó a la compañía la devolución del dinero y antecedentes de cobros similares. Finalmente, el ente regulador ordenó restituir todos los cobros similares.


Ante esto, Metrogas sostiene que "la resolución de las Corte de Apelaciones y Suprema se refieren exclusivamente a la situación que afectó a un único cliente ya referido".


Dicho pronunciamiento, de acuerdo a Metrogas, no resulta aplicable por extensión a los demás usuarios, ello en razón de que el acto administrativo por el cual la SEC ordenó la devolución de los gastos de cobranza efectivamente incurridos por Metrogas, "produce efectos particulares y singulares sólo en la relación que ese cliente tiene con Metrogas" y no puede ser extendida a otros casos.


Además, la empresa indica que la Corte que resuelve el reclamo no genera un efecto retroactivo en este tipo de sentencias. Por ende, lo resuelto a favor del primer cliente "produce efecto sólo respecto de quienes formularon el reclamo resuelto por el acto administrativo de que se trate".


Por otro lado, sostuvo que el monto a restituir a los clientes por gastos de cobranza fue definido por el directorio, "en forma voluntaria y posterior a un análisis legal y comercial de la Resolución", lo cual corresponde "a una decisión soberana de Metrogas, que resuelve no alzarse en contra del referido acto administrativo y, en definitiva, acatar una resolución exenta de la SEC".


Adicionalmente, el gerente general de Metrogas, Victor Turpaud, indicó que "a nuestro entender y el de nuestros asesores legales externos, existen fundamentos legales más que suficientes para impugnar la legalidad como acto administrativo de la Resolución, por el cual se requiere de un plan de restitución de los gastos de cobranza extrajudicial".
   
Lo anterior, "por cuanto los actos administrativos de contenido desfavorable no pueden tener efectos retroactivos, lo cual puede solamente ser requerido por una resolución de un tribunal ordinario chileno que, conociendo un reclamo, establece tal obligación".

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