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Tribunal de Copiapó modificó condena de Aarón Vásquez a régimen semi cerrado

El homicida del ciclista Alejandro Inostroza podrá salir a la calle durante el día, sometiéndose a un plan de intervención individual elaborado por el Sename.

24 de Marzo de 2009 | 14:21 | El Mercurio Online
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El Sename explicó que el cambio en el régimen de la condena de Vásquez busca facilitar su reinserción.

Jaime Bascur, El Mercurio

SANTIAGO.- El Tribunal de Garantía de Copiapó resolvió sustituir de régimen cerrado a semi cerrado la condena de Aarón Vásquez, homicida del ciclista Alejandro Inostroza a quien golpeó con un bate de béisbol en la cabeza en 2006.


Tras escuchar los argumentos tanto de la defensa como de la fiscalía, la jueza con dedicación exclusiva a la Ley Penal Juvenil Fresia Ainol Moncada, resolvió "dar lugar a la sustitución de pena de régimen cerrado a semi cerrado por el resto de la condena que le quede por cumplir".


En virtud de la resolución, que será ejecutoriada en 5 días más, Vásquez tendrá la posibilidad de salir a la calle con mayor frecuencia. Según explicaron en el Servicio Nacional de Menores (Sename), esto implica que Vásquez pasará a un centro donde deberá permanecer entre las 22.00 y las 7.00 horas.


Durante el día, el joven deberá desarrollar un plan de intervención individual elaborado por profesionales del Sename, que tendrá que ser aprobado por el tribunal. Dicho plan puede incluir, por ejemplo, educación y terapia, y su cumplimiento debe ser supervisado por un delegado.


Sename: Medida busca favorecer reinserción


Respecto de la modificación de la condena de Aarón Vázquez, el director del Sename, Eugenio San Martín, indicó que la Ley Penal Juvenil establece la posibilidad de sustituir una pena "siempre y cuando ésta favorezca el proceso de reinserción social del joven infractor y que los antecedentes del caso lo ameriten".
 
"La sustitución de condena es uno de los derechos reconocidos en la Ley Penal Juvenil y busca favorecer la reinserción social del joven infractor. Ello no significa, eso sí, que el adolescente no siga con un plan de intervención tendiente a responsabilizarlo de los delitos cometidos y rehabilitarlo para la sociedad", recalcó.
 
San Martín añadió que la variable educacional fue lo que más pesó en la decisión del Tribunal de Copiapó, "toda vez que el régimen cerrado hace incompatible que el joven pueda continuar sus estudios, uno de los aspectos relevantes establecidos en la propia Ley Juvenil". 
 
"Entendemos que el caso de Aarón es de alta connotación pública, pero para nosotros se trata de un joven que tiene los mismos derechos y los mismos deberes que todos los otros jóvenes internos en nuestros centros", señaló la autoridad.

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