María José Zaldívar, ministra del Trabajo.
El Mercurio
SANTIAGO.- Con la presencia de la Secretaría General de Gobierno,
Karla Rubilar y la Senadora
Carolina Goic (DC), la ministra del Trabajo,
María José Zaldívar, dio a conocer la
tercera etapa de la Ley 21.063 la cual entró en vigencia en 2018, y que crea el Seguro de Acompañamiento para Niños y Niñas (
Ley Sanna).
Una iniciativa que permite que padres y madres trabajadoras, o quien tenga el cuidado personal de un menor de edad otorgado por resolución judicial, pueda ausentarse de su trabajo para prestar atención, cuidado y acompañamiento a él o la menor afectada.
En la instancia, la titular de Trabajo destacó que "desde el inicio de la Ley se han aprobado 938 casos, los que han generado más de 5.000 licencias, lo que sin duda ha sido muy importante para los padres y madres de muchas familias, que han podido estar junto a sus hijos en momentos difíciles y que ahora los podrán acompañar en caso de enfermedades terminales. Creemos que es fundamental que ellos puedan estar juntos, para poder entregar el cuidado y el cariño que tanto necesitan y que es irremplazable".
Durante la actividad también estuvo presente el subsecretario de Previsión Social (Suseso), Claudio Reyes, quien destacó que la ley era una "muy buena" iniciativa para las familias, pues estas "podrán tener su preocupación puesta completamente en acompañar a sus hijos o hijas en un momento tan delicado en sus vidas, lo que constituye una garantía para estas familias".
938Casos se han aprobado desde 2018, año en que entró en vigencia la ley
Así, desde principios de 2018 se han otorgado cobertura a todos los diagnósticos de cáncer en niños y niñas y, luego, en julio de dicho año, se incorporaron los casos de trasplantes de órganos sólido y de progenitores hematopoyéticos.
Ahora, con esta nueva etapa que entró en vigencia el 1 de enero de 2020, se incorpora el estado o fase terminal de la vida, es decir, aquellas condiciones donde se prevé la muerte inminente del o la menor, en la que su condición de salud no permite recuperación de la salud. Se incluye dentro de esta condición de salud el tratamiento destinado al alivio de dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Para acceder a este beneficio, desde el ministerio del Trabajo explicaron que el médico tratante deberá emitir una licencia médica respecto a esta condición grave de salud.
Esta debe ser certificada por un médico tratante a través de un informe complementario Sanna y además ratificada por la persona del área médica o responsable institucional.
La solicitud se podrá realizar cada tres meses, ya que cada 90 días se podrá otorgar un nuevo permiso tras la emisión de un informe debidamente fundado que señale los motivos de esta decisión.
Al beneficio podrán optar aquellas personas que trabajan en el sector privado, funcionarios públicos -con excepción de los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden-, trabajadores independientes, y trabajadores temporales cesantes que cumplan los requisitos establecidos.