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¿Accidente laboral o doméstico?: Expertos analizan "la delgada línea" que separa ambos casos ante alza del teletrabajo

Tres abogados y el gerente general de la Mutual de Seguridad abordaron la naturaleza de diversas situaciones que podrían darse en el hogar mientras una persona trabaja. Todo, mientras los empleados permanecen en sus casas para evitar la propagación del covid-19.

11 de Mayo de 2020 | 08:00 | Por Patricia Marchetti Michels, Emol
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"Si un trabajador va al baño desde el lugar donde está su computador y se tropieza en el camino, es un accidente laboral, porque es una actividad natural que cuando uno está trabajando hace", dice Felipe Bunster, gerente general de la Mutual de Seguridad.

El Mercurio
SANTIAGO.- "El teletrabajo llegó para quedarse", es lo que se escucha en medio de la pandemia del coronavirus, después de que miles de trabajadores se vieran forzados a trabajar desde sus casas para evitar los contagios. Sin embargo, y más allá de que el covid-19 forzara la tramitación de la Ley del Teletrabajo, una "zona gris" es advertida por los expertos en lo que respecta la diferenciación entre los accidentes laborales y los accidentes domésticos.

Si bien la ley fue promulgada el 24 de marzo, el reglamento -que es el cómo se aplica la ley- aún no está disponible, pero independiente de lo que contenga, tanto abogados como la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, comentan que al final todo dependerá del caso a caso y de la capacidad de probar que el accidente efectivamente fue laboral.


"El reglamento está próximo a salir y está claramente establecido que cualquier accidente que ocurra en el lugar de trabajo mientras yo estoy trabajando es un accidente laboral. Aquí lo que pasa es que a lo mejor es muy compleja la prueba, porque es muy difícil entender si yo me quemé con el hervidor cuando estaba preparándome el desayuno o preparándome un café durante mi jornada laboral", dijo Zaldívar en entrevista con EmolTV.

Frente a dicha dificultad, la ministra agregó que "es un tema que las mutualidades tienen los márgenes y saben cómo aplicarlos, pero son temas que hay que ir avanzando y vamos a tener que ir perfeccionando porque yo creo que esto del teletrabajo no va a ser coyuntural, si no que llegó para quedarse. En muchos casos van a haber personas que no volverán a sus lugares de trabajo".

Así, ante "la delgada línea" que existe entre considerar un accidente como doméstico o como laboral mientras se está teletrabajando, Emol conversó con tres abogados expertos en el tema y el gerente general de la Mutual de Seguridad. Todos opinaron respecto a casos específicos planteados y se refirieron al "desafío" que significará el tema en materia probatoria.

Algunos casos y "la delgada línea"

"Es una línea muy delgada porque evidentemente cuando tú vas al trabajo y el accidente te ocurre en el trabajo no hay duda de que se trata de un accidente laboral. De hecho así lo establece la ley, de que cualquier hecho acontecido en las dependencias de la empresa se entiende que es un accidente del trabajo y cuando estás viajando de tu casa al trabajo, es un accidente de trayecto", explica Diego Messen, abogado y socio de Moraga & Cía.

"La mayoría de las personas empezaron a hacer trabajo a distancia antes de que la ley se aprobara, por lo tanto fue bastante improvisado, fue de un día para otro en muchos casos, con los implementos que habían en sus casas, claramente no se tomaron las medias preventivas ni se revisaron los lugares. Fue bastante sobre la marcha".

María José Zaldívar en EmolTV
"La pregunta, evidentemente, es qué pasa cuando estás realizando el trabajo en tu casa", dice y responde que "va a ser una situación que va a depender caso a caso, marcada por los horarios y por las circunstancias. Va a ser muy preponderante el horario del accidente y de qué tipo de accidente se trata".

- Si estoy teletrabajando y en mi horario de almuerzo me quemo con agua hirviendo mientras hacía la comida, ¿es un accidente laboral o doméstico?

"Creo que por las características es un accidente doméstico, porque no está dentro de la relación laboral tu obligación de cocinar. Por lo tanto el hecho de que tú cocines en tu casa, probablemente ya entra en la esfera de lo doméstico. Pero obviamente se trata de un terreno bien, bien gris, porque si yo soy un trabajador que va al casino de la empresa y me resbalé y me caí y me quemé, eso sí es un accidente del trabajo", expone Messen.

"Entonces va a depender mucho del caso y el criterio que va a primar va a ser el horario de la jornada de trabajo. Porque igual si tú estás en el horario de almuerzo y te estás cocinando, estás dentro de la jornada laboral, entonces podrías perfectamente argumentar que te estabas cocinando para alimentarte porque es parte de tu jornada".

-¿Si herví agua para hacerme un café y me quemé, ¿es un accidente laboral o doméstico?- "Esto es un mundo lleno de matices, hay que ver cuál es el grado de negligencia, pero si me preguntas a mí, eso tiene mucha cara de ser accidente del trabajo, lo que pasa es que habría que ver por qué se quemó. Es un súper buen caso porque todos los trabajadores normalmente toman café", dice el gerente general de la Mutual de Seguridad, Felipe Bunster


En ese sentido, el abogado Esteban García Nadal, de García Nadal Abogados, enfatiza que "un accidente se considera de trabajo cuando ocurre con ocasión o a causa de realizar la función laboral", pero que el problema frente al teletrabajo es aterrizar dicha definición.

"Si la persona está en la cocina de la oficina y ocurre que se le cae el refrigerador o le cae una lámpara en la cabeza, es accidente del trabajo, porque ocurrió en el lugar y durante la jornada. Si me caigo de la escalera del trabajo, también lo es. Y aquí es donde aparece esta línea delgada: y si el mismo accidente del refrigerador o la lámpara ahora ocurre en la cocina de la casa, ¿es accidente del trabajo? Ahí ya es más difícil, porque el empleador no tiene el control ni la injerencia respecto de ese lugar", explica.

"En un caso más grave, al trabajador le explotó la cocina en su casa, lo quemó o incluso lo mató (...) ¿es accidente del trabajo? Uno tendería a decir que no, porque ahí no es el empleador el que ha tenido el control sobre las instalaciones. No ha sido él quién ha diseñado o construido o revisado esa instalación y de alguna forma esa instalación estaría fuera del lugar del trabajo", ejemplifica García.

- Pero si me caigo de la silla que ocupo para trabajar, silla sobre la cual mi empleador no tiene el control porque es mía, ¿sería accidente doméstico?

"No, sería un accidente del trabajo. La primera pregunta que hay que hacer es: ¿Le ocurrió el accidente con ocasión o con motivo de realizar la función? ¿estaba trabajando? La segunda es: ¿ocurrió durante horario laboral?, con eso uno puede vislumbrar mejor frente a qué tipo de accidente estamos".


Ante la misma pregunta, el gerente general de la Mutual de Seguridad, Felipe Bunster responde: "Si una persona está sentada en el escritorio donde está teletrabajando y se tropieza o se le rompe una pata de la silla, eso es un accidente del trabajo sin lugar a dudas. Lo mismo se se le cae una lámpara encima"

"Si la persona se ducha antes o después de trabajar y se cae, no es con ocasión del trabajo. Pero si se para para ir al baño desde el lugar donde está y el baño queda a 10 metros y se tropieza en el camino y se pega, sí, porque es una actividad natural que cuando uno está trabajando hace", indica.

Los desafíos probatorios y la investigación

Frente a los distintos casos y sus posibles desenlaces, Messen de Moraga & Cía. recalca que "esto va a ser bastante casuista y va a depender de la interpretación que le de la Mutual de Seguridad principalmente o el organismo que tenga por objeto velar por la atención al trabajador en este caso".

En esa misma línea, Luis Herrera, abogado y socio fundador de Trabajo Legal, recalca que ante un accidente "va a mediar necesariamente una investigación que determinará si nos encontramos ante un accidente doméstico o un accidente laboral". Los que realizan dicha investigación, según Herrera, pueden ser dos instituciones, dependiendo si estás afiliado o no: la Mutual de Seguridad en caso de que tu empleador tenga mutualidad, o el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) en caso de que no estés afiliado a una mutualidad.

"En el fondo hay casos que son más fáciles de delimitar que otros, lo que nosotros hemos hecho es entregar toda la asesoría posible, tenemos un contact center tremendo para aclarar todas estas dudas y me atrevería a decir que en estos dos meses donde tenemos un universo importante de personas haciendo teletrabajo a nivel nacional, no hemos tenido mayores dudas"

Felipe Bunster, gerente general Mutual de Seguridad

"Estos organismos van a hacer una investigación interna. A la fecha yo no he visto ninguna investigación como para darte un ejemplo, pero sí la Mutual ya está adelantando que las investigaciones van a tener que ser un poco más rigurosas por las condiciones propias de un trabajo que hoy se puede hacer en la residencia del trabajador", sostiene el experto.

De todas formas, de acuerdo a García Nadal "lo que va a ocurrir en la práctica es que la entidad que haya atendido al trabajador va a determinar si la prestación está comprendida dentro de un accidente del trabajo o no. Si no era, el tratamiento es de cargo al trabajador y ahí tiene que cubrirlo su sistema de salud, una isapre o Fonasa; si efectivamente era accidente laboral según la entidad, pero el empleador considera que no, el empleador tendrá que apelar a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y será la Suseso la que va a resolver si fue o no un accidente del trabajo".

Bunster, de la Mutual, remarca que "este estado de excepción producto del covid no altera del todo las instrucciones de la Suseso y de la ley propiamente tal. Si bien es cierto que es difuso la división de cuándo parte con ocasión del trabajo o no, la norma es bastante clara y se va a un tema bastante probatorio, se entiende cuáles son las actividades propias del trabajo, hay mucho acuerdo con los empleadores en cuanto a cómo se van a desempeñar las funciones de los trabajadores de forma remota".

"La Ley del Teletrabajo está escrita para quienes van a trabajar siempre de forma remota y lo que estamos viviendo hoy día es un estado excepcional, donde se recomienda que no se vaya al lugar de trabajo. Por lo tanto, en mi opinión, es un error tratar de poner la figura del teletrabajo en la figura que están hoy día los trabajadores"

Felipe Bunster

Por lo tanto, "creemos que si bien es cierto es más complicado, el límite es más bien claro y no hemos tenido grandes problemas con nuestros trabajadores protegidos, porque siempre el paraguas de 'con ocasión del trabajo' es simple", afirma.

De hecho, hace hincapié en que desde que comenzaron las cuarentenas "no hemos tenido una mayor cantidad de denuncias de accidentes del trabajo producto de que la gente esté trabajando en sus casas", es más, según las cifras que manejan en la Mutual y que darán a conocer en dos semanas, "las tasas de accidentabilidad han caído considerablemente".
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