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Dirección del Trabajo difunde lista de 14 condenas judiciales por prácticas antisindicales

Trece de las 14 sentencias condenatorias fueron posibles gracias a la presentación de las denuncias ante la justicia laboral por parte de la entidad.

29 de Julio de 2014 | 18:24 | Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.-El número de condenas judiciales por prácticas antisindicales durante el primer semestre de 2014 fue de 14 sentencias, manteniendo el mismo nivel del segundo semestre de 2013, según informó este martes la Dirección del Trabajo.


Las sentencias condenatorias fueron emitidas por juzgados de letras del Trabajo y difundidas por la Dirección del Trabajo (DT), cumpliendo con el deber que le imponen los artículos 294 bis y 390 bis del Código del Trabajo.


El organismo tuvo un rol relevante en estas sanciones judiciales al llevar a tribunales 13 de las 14 catorce denuncias investigadas.


Durante los últimos cuatro años, el 76% de las 317 denuncias que terminaron en condenas fue llevado a tribunales por la Dirección del Trabajo, tras formarse plena convicción de que sí constituían prácticas anti sindicales, previa investigación de las denuncias presentadas por organizaciones representativas de los trabajadores.


La máxima autoridad del Servicio, Christian Melis, dijo que ello es una demostración de que "la Dirección del Trabajo mantiene una alerta permanente para detectar este tipo de infracciones, que son de las más graves establecidas en la legislación laboral, porque pretenden impedir el legítimo derecho de los trabajadores a organizarse y defender o promover sus derechos".


Para el Director del Trabajo esta actitud vigilante no decaerá, menos ahora que el Gobierno impulsa una agenda legislativa, uno de cuyos pilares es fortalecer al sindicalismo. “La Ministra del Trabajo ha sido clara y tajante al respecto, y nosotros, en la Dirección del Trabajo, hemos dado instrucciones precisas a nuestros funcionarios para que en su labor diaria ayuden a promover los derechos colectivos, dentro de los cuales la libertad de asociación es primordial”, acotó.


Las sentencias de los tribunales durante el primer semestre de 2014 significaron multas por 1.175 UTM, las que en su valor actual equivalen a $49.559.150.


Aparte de la aplicación de las multas de beneficio fiscal a las empresas condenadas, a través de estas sentencias los tribunales ordenan el cese inmediato de la conducta y disponen las medidas de reparación que consideren adecuadas a la ilegalidad incurrida.


Pero el efecto más perjudicial para las empresas castigadas es que durante dos años, a partir de la sentencia ejecutoriada, no pueden ser proveedoras del Estado, según lo dispone el artículo 4º de la Ley 19.886. Es decir, quedan excluidas del Sistema de Compras Públicas del Estado por el periodo citado.

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