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Gobierno presenta medidas para evitar la corrupción

Las propuestas, dadas a conocer por el ministro de Hacienda y de la Secretaría General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre y Mario Fernández respectivamente, incluyen un amplio espectro de iniciativas que abarcan a los empleos públicos en la administración del Estado; las compras, inversiones y transferencias gubernamentales, y las empresas públicas.

09 de Noviembre de 2002 | 13:21 | Agencias
SANTIAGO.- Los ministros de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, y de la secretaría general de la Presidencia, Mario Fernández, dieron a conocer hoy un conjunto de iniciativas en materia de transparencia y mayor exigencia en la administración pública, que profundizan y amplían los anuncios efectuados por el Presidente de la República, Ricardo Lagos.

Esas iniciativas fueron estudiadas durante los últimos diez días por un equipo de trabajo constituido al interior del Gobierno, y representan el aporte del Ejecutivo a la búsqueda de amplios acuerdos políticos que permitan responder con decisión y acción efectiva a las recientes denuncias de ilícitos que investiga actualmente la justicia.

La propuesta del Ejecutivo incluye un amplio espectro de iniciativas que abarcan a los empleos públicos en la administración del Estado; las compras, inversiones y transferencias gubernamentales, y las empresas públicas.

Al presentar las iniciativas, los ministros indicaron que Chile tiene el orgullo de contar con un servicio público honesto y profesional, lo que ha distinguido al país en el concierto internacional y es un capital de confianza que es imprescindible preservar y potenciar.

Explicaron que durante los últimos 20 años, el país ha conocido profundas transformaciones institucionales que han modificado la estructura, el funcionamiento y el peso del Estado, lo que ha requerido adecuar el funcionamiento de la administración para hacerla más eficiente; y de las empresas públicas, para atraer a ellas personal de alta calidad competitiva.

En la administración pública, esto ha significado que muchas funciones que eran antes realizadas por personal permanente, han pasado a ser desempeñadas por personas que cumplen contratos transitorios; que muchos bienes y servicios que antes eran producidos por el sector público, han pasado a ser provistos por el sector privado mediante licitaciones o concursos, y que se haya hecho necesario un creciente aporte de organismos no gubernamentales y empresas en la implementación de algunos programas. En las empresas públicas se ha producido una modernización que implica que ellas se comporten conforme a las reglas de la competencia, la productividad y la eficiencia.

Estas tendencias son propias de todos los países más avanzados y han sido impulsadas decididamente en Chile. Ello hace necesario, sin embargo, un ordenamiento cada vez más riguroso y transparente en los criterios de selección de servidores públicos, contrataciones e inversiones.

Los sucesos que en las últimas semanas han estado puestos en el centro de la atención pública son precisamente manifestaciones de esta necesidad de mayor transparencia unida a mayor eficiencia; de mayor probidad, unida a mejor calidad.

- Las vacantes de los cargos del segundo nivel de responsabilidad de cada institución serán provistas a través de concursos públicos abiertos. Quienes sean nombrados a través de este mecanismo podrán ser removidos de sus cargos por decisión del jefe superior del servicio, debiendo ser reemplazados a través del mismo procedimiento.

Las vacantes de los cargos del tercer nivel de responsabilidad de cada institución serán provistas a través de concursos a los que se podrán presentar postulantes de toda la administración pública, dándose preferencia a quienes provengan del propio servicio. Las personas así seleccionadas serán nombradas por un período de tres años, prorrogable por una vez, al cabo del cual deberá efectuarse un nuevo concurso.

Quienes actualmente ocupan cargos del segundo y tercer nivel de responsabilidad institucional permanecerán en sus cargos, debiéndose aplicar los nuevos mecanismos de nombramiento al momento de reemplazarlos.

De esta manera, sólo serán de exclusiva confianza del Presidente de la República los ministros y subsecretarios, y sólo serán de exclusiva confianza de los ministros los jefes de servicios. Lo anterior significa que los cargos de libre designación por las autoridades se reducirán en cerca de 3.000 respecto de la situación actual. Entre los que pasarán a proveerse a través de concursos públicos se cuentan los de secretarios regionales ministeriales y directores regionales de servicios.

- Se creará la Dirección Nacional del Servicio Civil, institución dependiente del Ministerio de Hacienda que será la encargada de diseñar y aplicar una gestión moderna de las relaciones laborales en el sector público. Dicha institución incorporará entre sus funciones el velar por el estricto cumplimiento de las normas de probidad que aseguren un comportamiento funcionario en el cual prime el interés general por sobre las aspiraciones particulares.

La Dirección Nacional del Servicio Civil publicará información sobre las escalas de remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central del Estado, y mantendrá una base de datos centralizada y actualizada sobre todos los concursos para llenar vacantes de personal de la Administración Pública. Hasta que entre en funcionamiento esta institución, las escalas de remuneraciones serán publicadas por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

Cuando se detecten irregularidades administrativas, el jefe de servicio podrá disponer la suspensión transitoria del inculpado al momento de ordenar el sumario administrativo correspondiente. Asimismo, se dispondrá que una vez efectuada una auditoría de la Contraloría General de la República que detecte irregularidades administrativas, los jefes de servicio deberán ordenar la instrucción de los sumarios correspondientes en un plazo máximo de dos días.

- A partir de 2003, todas las personas que suscriban contratos a honorarios con servicios de la Administración Pública deberán informar de los empleos, contratos o convenios que tengan vigentes con otros organismos públicos o con instituciones privadas. Los servicios públicos tendrán la obligación de requerir dicha información al momento de suscribir un contrato a honorarios debiendo el jefe de servicio constatar que no se produzcan conflictos de intereses o incompatibilidades.

No podrán ser contratadas sobre la base de honorarios personas que sean empleados o asesores de otra institución o empresa sujeta a la fiscalización del servicio correspondiente, o que sean empleados o presten servicios profesionales a una empresa proveedora o contratista del servicio.

No podrán ser contratadas a honorarios personas que tengan incompatibilidades horarias con el trabajo requerido por el servicio, o que tengan incompatibilidades sancionadas por la ley de probidad para los funcionarios públicos.

No se podrá contratar sobre la base de honorarios a autoridades de otros organismos públicos, salvo en los casos de pertenencia a cuerpos colegiados legalmente establecidos.

Los contratos a honorarios que se establezcan con cargo a inversiones y transferencias en la Ley de Presupuestos, quedarán sujetos a los mismos requerimientos de información y control financiero que los establecidos con cargo a gastos en personal. Asimismo, los programas públicos que debido a su transitoriedad deban operar en base a personal a honorarios, deberán establecer un reglamento que regule el desempeño de este personal.

- Se obligará a todos los organismos de Gobierno a informar todos los anuncios y resultados de sus compras desde 10 UF (esta medida regía anteriormente sólo para las licitaciones públicas). Toda esta información estará disponible en el portal ChileCompra.cl, de público acceso.

- Se dará suma urgencia al proyecto de Ley de Compras Públicas, que se encuentra en su etapa final de discusión en el Congreso Nacional. Dicho proyecto establece normas homogéneas y rigurosas para todos los ministerios y servicios públicos en sus procesos de compras. Entre dichas normas se cuenta que por norma general todos los procesos de licitación y cotizaciones serán públicos, abiertos y competitivos a todos los proveedores interesados. A través de una indicación que se ingresará en los próximos días, estas normas se harán extensivas también a los municipios del país.

- Todas las inversiones públicas por norma general se adjudicarán a través de licitaciones públicas, con procedimientos que preservarán la transparencia y la máxima rigurosidad. Para este efecto se adecuará la legislación correspondiente con el objeto de homogeneizar la diversidad de normas que existen al respecto.

- Todas las organizaciones que reciban transferencias de recursos gubernamentales, ya sea directamente del presupuesto o indirectamente, en virtud de franquicias tributarias para donaciones con fines educacionales, culturales, universitarios o deportivos, estarán obligadas a entregar sus balances o estados financieros, un informe de las actividades o programas acordados y la nómina de sus directorios y de sus ejecutivos superiores y estarán sujetas a la a la fiscalización de la Contraloría General de la República.

La nómina de las organizaciones que hayan recibido estas transferencias será de conocimiento público, conjuntamente con sus antecedentes institucionales y los recursos recibidos.

- El nombramiento de los directores de las empresas estatales se centralizará en el Sistema de Empresas Públicas (SEP). Dicha institución deberá efectuar el control de gestión sobre las mismas y presentará anualmente al Congreso Nacional una cuenta sobre sus resultados y desempeño.

Se definirán requisitos e incompatibilidades para ejercer como directores de empresas estatales. Dichos directores tendrán el mismo grado de responsabilidad que los directores de las sociedades anónimas abiertas.

- El nivel máximo de remuneración que podrá recibir el ejecutivo máximo de cada empresa no podrá exceder a la remuneración establecida por la ley para el presidente del Banco Central. Las políticas sobre remuneraciones serán establecidas por el Consejo Directivo del Comité Sistema de Empresas (SEP). Las remuneraciones específicas de los ejecutivos de cada una de las empresas serán establecidas por su respectivo Directorio o Consejo.

Luego de detallar las iniciativas, los ministros Eyzaguirre y Fernández expresaron su reconocimiento y respaldo a la labor abnegada, honesta y eficiente que realiza diariamente la inmensa mayoría de los funcionarios públicos en Chile.

Además señalaron que las iniciativas propuestas involucran medidas administrativas, proyectos de ley en trámite y otros que serán enviados próximamente al Congreso Nacional. En tal sentido expresaron su confianza en que las iniciativas contarán con el respaldo de los diversos sectores sociales y políticos, y se mostraron dispuestos a establecer un diálogo abierto para analizar otras propuestas que surjan sobre la materia. Una primera instancia para establecer dicho diálogo corresponderá a la próxima discusión del proyecto de ley de presupuestos para 2003.

En tal sentido, anunciaron que el próximo martes el Ejecutivo presentará indicaciones a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos con el objeto de materializar algunas de las iniciativas anunciadas que son propias de esa instancia.
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