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El detalle de los tres proyectos refundidos que apuntan a un nuevo retiro de los fondos de pensiones

Las iniciativas fueron respaldadas en su idea de legislar por casi la totalidad de los diputados de la Comisión de Constitución, incluso por aquellos de Chile Vamos.

28 de Octubre de 2020 | 08:00 | Por Verónica Marín y Patricia Marchetti, Emol
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Filas de cotizantes a las afueras de una AFP en el centro para el primer retiro del 10%.

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Por amplia mayoría, los diputados de la Comisión de Constitución de la Cámara aprobaron la idea de legislar de los tres proyectos refundidos que se relacionan a un segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones de las AFPs.

Las iniciativas contaron con el respaldo de la mayoría de los parlamentarios de Chile Vamos, a pesar del rechazo planteado por el Gobierno en voz de los ministros de Hacienda, Ignacio Briones, y de Trabajo, María José Zaldívar.


Así, el proyecto que permite un segundo retiro del 10% recibió 11 votos a favor y uno en contra. En la antesala de dicha votación, el presidente de la instancia, Matías Walker (DC), manifestó que "lo que sí es muy importante aclarar es que 1,9 millones de afiliados ya retiraron todos sus fondos con el primer retiro y que de haber un segundo retiro hay 4,2 millones de afiliados en esa situación".

"Por eso es que vamos a aprobar hoy el proyecto en general, pero advirtiendo esa situación", aseguró.

Respecto a cómo se realizaría este segundo retiro, la diputada Pamela Jiles (Humanista), autora del proyecto, explicó a Emol que "mejora la situación del 10% anterior con la experiencia que tuvimos". Lo anterior, según la parlamentaria, porque plantea que su entrega se haga en una sola cuota -en un plazo de 30 días desde que se hace la petición- en vez de dos veces.

Al igual que el proyecto anterior, este propone un monto máximo de retiro de 150 UF y un mínimo de 35, donde si el 10% es menos que 35 UF el afiliado podrá retirar hasta ese monto. En el caso de que los fondos totales sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos de la cuenta.

Asimismo, los fondos retirados no serán objeto de ninguna retención, descuento o compensación, tampoco constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, en consecuencia, serán pagados de forma íntegra y no estarán afectos a comisiones por partes de las AFPs.


Consultada por si hay alguna propuesta para aquellos afiliados que a causa del primer retiro quedaron sin fondos, una de las autoras del proyecto, Jiles, dijo que "directamente no y es algo que debería preocuparnos a todos".

Proyecto que permite retiro para pensionados con rentas vitalicias

La iniciativa que permite un retiro excepcional de rentas vitalicias se aprobó en general con 10 votos a favor y sólo dos abstenciones. Su objetivo es que todos los afiliados al sistema de pensiones que estén suscritos a la modalidad de rentas vitalicias puedan solicitar por adelantado el pago de sus rentas desde el mes de diciembre.

Se trata de una iniciativa que busca beneficiar a quienes optaron por dicha modalidad y no por la del retiro programado, dado que ellos no fueron considerados en el primer retiro aprobado la vez anterior.

"El pago por adelantado de las rentas será único y su valor se descontará a prorrata de las rentas que resten por pagar al asegurado vitalicio, utilizando para dicho cálculo las condiciones vigentes al momento del traspaso de sus fondos previsionales a la compañía de seguros respectiva".

Frente a dicho escenario, el proyecto propone: "Los pensionados bajo esta modalidad podrán adelantar (de forma voluntaria y por única vez) el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al 10% de los fondos originalmente traspasados desde sus cuentas de capitalización individual a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150 UF y 35 UF como mínimo".

Al igual que el segundo retiro del 10%, establece que en caso de que el monto traspasado sea inferior a 35 UF, "el pensionado por renta vitalicia podrá solicitar el pago por adelantado de la totalidad de los montos originalmente traspasados".

Proyecto del "retiro forzoso" para deudores de pensiones alimenticias

Otro de los proyectos aprobados en la Comisión fue el que autoriza el pago de pensiones de alimentos adeudadas mediante el retiro forzoso de los fondos de pensiones del deudor.


En entrevista con Emol, el diputado autor del proyecto, Vlado Mirosevic (Partido Liberal), explicó que "es una reforma constitucional que se le agrega a lo ya establecido en el primer retiro. Se establece la posibilidad de que el juez de familia haga un retiro forzoso para aquellos que no han querido sacar la plata de su primer 10% porque temían que se les retuviera".

"O sea, a través de una orden de un tribunal se obliga a la AFP a entregar el dinero de esa persona sin la voluntariedad del deudor", añadió. En ese sentido, explicó que en caso de que se aprobara un segundo retiro del 10%, esta opción estaría vigente para ambos casos. Además, si una persona tuviera una deuda que excede de su 10% inicial, con este eventual nuevo retiro se podría completar dicho monto adeudado.

De acuerdo al texto del proyecto, "si el afiliado al sistema de pensiones presenta deudas alimentarias, y para el caso de que éste no ejerza su derecho a retiro, el juez de familia competente podrá de oficio o de petición de parte, solicitar a la AFP el retiro de fondos de pensiones a nombre del afiliado, con el fin exclusivo de pagar deudas originadas por obligaciones alimentarias devengadas que se encuentren insolutas".
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