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Retiro de fondos: Superintendencia instruye a AFPs para acelerar pago de retenciones por pensiones de alimentos

Esto, luego de que el Poder Judicial expresara al organismo su preocupación por la lentitud en el proceso.

18 de Noviembre de 2020 | 02:29 | Redactado por B. Osses, Emol
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Este martes, la Superintendencia de Pensiones instruyó a las AFP con el fin de acelerar el proceso de pagos de retenciones por pensiones de alimentos, luego de que el Poder Judicial expresara al organismo su preocupación por la demora del proceso.

Cabe recordar que la ministra de la Corte Suprema y coordinadora de la retención del 10% para el pago de deudas de este tipo, Gloria Ana Chevesich, se reunió con el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, instancia en la que se coordinaron acciones al respecto.

"La ley 21.248 generó una importante recarga de trabajo en todos los juzgados que tienen competencia en materia de Familia y ha agravado la situación la actitud de las administradoras de fondos de pensiones, porque no están dando cumplimiento a las órdenes de pago despachadas por los tribunales", dijo Chevesich en la ocasión.

Asimsimo, la ministra explicó que según los registros entregados por las propias AFPs, hasta el 23 de octubre se habían cancelado 22.471 deudas, de un total de 99.556 órdenes de pago emanadas por los Juzgados de Familia del país.

Con lo anterior, la Superintendencia envió un oficio a las administradoras, ordenando, entre otros aspectos, el pago "inmediato al alimentario, conforme a la información contenida en el archivo de 'liquidación y pago', elaborado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, previa verificación que la AFP haya sido notificada de sólo una medida cautelar para el alimentante a través del archivo 'de medidas cautelares' o por cualquier otro medio".

En el mismo sentido, la Superintendencia también instruyó que una vez realizado el pago, inmediatamente después "la administradora deberá efectuar una revisión detallada de cada resolución emitida por los tribunales de familia en el marco de este proceso, debiendo dar cumplimiento a las restantes disposiciones contenidas en las mismas, en el más breve plazo".

Finalmente, las administradoras también deberán "implementar un plan de reforzamiento de equipos humanos y tecnológicos destinados a este proceso".
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