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Montos, plazos y restricciones: Las principales diferencias de los dos proyectos que buscan permitir un segundo retiro del 10%

Luego de que ayer la comisión de Constitución del Senado aprobara en general y en particular la iniciativa impulsada por la diputada Pamela Jiles, el Gobierno presentó su propia propuesta, que fija ciertos límites.

19 de Noviembre de 2020 | 08:00 | Redactado por Ignacio Guerra, Emol
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El Ejecutivo presentó el proyecto en paralelo a la iniciativa que impulsa la diputada Pamela Jiles.

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Poco depués de que la comisión de Constitución del Senado aprobara en general y en particular el proyecto que busca permitir un segundo retiro de los fondos previsionales, para enfrentar los efectos económicos generados por la pandemia, el Gobierno respondió y presentó su propia propuesta, similar a la iniciativa impulsada por la diputada Pamela Jiles (PH).

El Ejecutivo hizo el anuncio luego de sostener una serie de reuniones con senadores de oficialismo y oposición en el Congreso, a fin de llegar a un entendimiento sobre el proyecto. Sin embargo, finalmente no hubo acuerdo por lo que La Moneda optó por ingresar en el Senado su propia iniciativa.


Según explicó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, la idea es "enrielar la forma de legislar" y presentar el proyecto por la vía institucional, ya que a su juicio la norma ingresada por Jiles transgrede la Constitución.

Y si bien ambas iniciativas comparten diversos puntos en su articulado, a la vez poseen una serie de diferencias.

Montos que se pueden retirar


Uno de los principales temas que distingue a ambos proyectos son los montos que se pueden retirar.

Por un lado, la reforma constitucional presentada por la diputada Jiles permite sacar hasta un 10% de los fondos de pensiones, poniendo como mínimo 35 UF ($1 millon) y máximo 150 UF ($4,3 millones). En caso de que el afiliado tenga ahorrado un monto menor a 35 UF, podrá retirar la totalidad de sus fondos.

En tanto, el proyecto del Gobierno fijó un retiro mínimo de 35 UF ($1 millón) y máximo de 100 UF ($2,8 millones), y también autoriza el retiro total en caso de que se tenga un ahorro menor.

Universal vs restricción a altas rentas


Otra de las diferencias que tienen los dos proyectos es para quién está enfocado.

Mientras la iniciativa parlamentaria que fue aprobada por la Cámara de Diputados plantea que el retiro debe ser universal, la norma del Ejecutivo pone límites a quienes a la fecha de solicitarlo tengan cotizaciones previsionales declaradas en el mes anterior y cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a 100 UF, es decir, cerca de $2,8 millones.

Asimismo, el proyecto del Gobierno excluye a los congresistas y a los altos cargos públicos.

Además, la iniciativa del Ejecutivo plantea que el retiro sí constituirá renta, es decir, deberá tributar, según los tramos de impuesto a la renta que corresponda. En la moción los retiros no pagan impuestos.

Distintos plazos

Los plazos para cancelar los montos es otro de los puntos que distingue a los proyectos.

Por ejemplo, el de la diputada Jiles, según se aprobó ayer en la comisión de constitución, establece como fecha límite de pago 15 días hábiles desde realizada la solicitud, pese a que en un principio se propusieron 30 días hábiles. Dicho pago deberá efectuarse en una sola cuota.

Por su parte, la iniciativa del Ejecutivo divide el pago en dos cuotas, la primera con un plazo de 60 días hábiles desde ingresada la solicitud y la segunda con un plazo de 10 días hábiles desde cancelada la primera.

Devolución de fondos

Por último, la devolución de los fondos retirados por parte de los cotizantes también marca distancia entre ambas normas.

El proyecto de la legisladora humanista propone que el reintegro de los montos retirados sea opcional, estableciéndose el concepto como una posibilidad.

En tanto, la iniciativa del Gobierno establece un reintegro obligatorio, el que deberá realizarse a través de "una cotización adicional que deberá determinar la Superintendencia de Pensiones, realizando un estudio que determine la tasa de cotización adicional correspondiente considerando los parámetros de comportamiento del mercado laboral y el perfil de cada afiliado. Además deberá determinar la temporalidad del reintegro".
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