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"40 horas": Comisión de Trabajo del Senado aprueba parte del paquete de medidas enfocadas en pymes

Se visó la creación de programas de cumplimiento asistido para que las empresas puedan solicitar fiscalizaciones voluntarias, y así prevenir o corregir infracciones laborales, sin exponerse a multas de forma inmediata.

26 de Octubre de 2022 | 15:13 | Por Beatriz Mellado, Emol.
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El Mercurio
Este martes, la comisión de Trabajo del Senado se reunió para continuar con el estudio de las indicaciones formuladas al proyecto 40 horas, el cual modifica el Código del Trabajo con el objetivo de reducir la jornada laboral. Durante la sesión, los legisladores aprobaron de forma unánime seis indicaciones propuestas por el Ejecutivo.

Los parlamentarios acordaron avanzar en la votación de aquellas indicaciones que no presentaran mayores diferencias entre los miembros de la comisión. "Hay un paquete de indicaciones respecto a las propuestas del Ejecutivo que las compartimos absolutamente, por lo que me parece que las dejemos zanjadas", sostuvo el senador Rodrigo Galilea, agregando que estas "tienen especial foco en las pymes y en los diálogos que se han sostenido".

En concreto, aprobaron la sustitución del artículo 33 por el siguiente: "El empleador o empleadora tiene el deber de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, encontrándose obligado a llevar un libro de asistencia del personal, un reloj control con tarjetas de registro o un sistema electrónico de registro".

"Una Resolución del Director o Directora del Trabajo, que deberá publicarse en el Diario Oficial, establecerá y regulará las condiciones y requisitos que deberán cumplir los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y horas de trabajo correspondientes al servicio prestado, el que será uniforme para una misma actividad. La Dirección del Trabajo, a petición de parte, se pronunciará respecto de si un determinado sistema electrónico se ajusta a las condiciones establecidas en la referida resolución, lo que habilitará su utilización", continúa la indicación.

Asimismo, a raíz de las conversaciones que sostuvo el Gobierno con el sector del turismo, es que el Ejecutivo propuso agregar en el inciso quinto, a continuación de la frase "no podrá considerar la prestación de servicios por más de tres domingos en forma consecutiva", la siguiente oración: "Con todo, en el caso de pacto anual, las partes podrán acordar alternativamente que, una vez al año, ocho domingos o, en tres oportunidades discontinuas al año, cuatro domingos, puedan ser considerados en forma consecutiva", la cual fue votada a favor por todos los parlamentarios de la comisión.

También, se aprobó agregar un inciso final, nuevo, del siguiente tenor: "un reglamento dictado por intermedio del Ministro o Ministra del Trabajo y Previsión Social, previo informe de la Dirección del Trabajo, determinará los límites y parámetros de distribución de los sistemas excepcionales de jornada de trabajo y descanso".

Según el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, quien estuvo presente durante el debate, "esto podría dar más certezas al ministerio respecto a la aceptación de las jornadas excepcionales".

Luego, votaron a favor de sustituir el inciso segundo del artículo 88, que tiene relación con la jornada laboral de los trabajadores agrícolas con contrato continuo - es decir, no aquellos de temporada- la expresión "ocho horas diarias" por "seis horas y cuarenta minutos diarios". Y también sustituir el inciso séptimo, la expresión "higiene y seguridad" por "seguridad y salud en el trabajo".

Finalmente, los senadores se mostraron favorables para incluir lo siguiente: "Artículo 3º.- Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, al artículo 15 de la ley N° 21.327, sobre Modernización de la Dirección del Trabajo: La Dirección del Trabajo desarrollará, entre otras medidas, programas de cumplimiento asistido de la normativa laboral, a través de solicitudes de fiscalización voluntarias por parte de estas empresas, tendientes a prevenir o corregir infracciones laborales. En este último caso se otorgará un plazo de, a lo menos, cinco días hábiles para dar cumplimiento a la normativa, siempre que no se ponga en riesgo inminente la seguridad o la salud de los trabajadores o trabajadoras. La Dirección del Trabajo deberá constatar que la empresa haya corregido la conducta infractora y, en caso de que esto no ocurra, aplicará las multas correspondientes, no resultando aplicable lo dispuesto en el artículo 506 del Código del Trabajo".

De acuerdo al subsecretario Boccardo, esto "emanó de un diálogo social con las agrupaciones de pymes y la dirección del trabajo. Las pymes muchas veces comenten infracciones por desconocimiento, entonces lo que se ha propuesto es que se desarrollen programas de cumplimiento asistiendo, donde la Dirección del Trabajo fiscalice a la empresa, pero con la intención de corregir las infracciones, donde no se apliquen multas de forma inmediata".

Cabe recordar que los legisladores, en la sesión anterior, aprobaron por unanimidad la enmienda que sustituye a 40 horas el guarismo de la jornada laboral ordinaria que figura en artículo 22 del Código del Trabajo, ratificando de paso el texto que emanó de la Cámara de Diputados y Diputadas -dado que la iniciativa se encuentra en su segundo trámite en el Congreso-.
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