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Inicia votación de ley corta de isapres en comisión del Senado: Se aprueba que todos coticen un 7% sin excedentes

Al respecto, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, señaló que a quienes hoy tienen un plan con un costo menor, las isapres deberán ofrecerles beneficios adicionales para justificar el alza.

12 de Diciembre de 2023 | 12:31 | Por Pablo San Martín, Emol
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Senado
Esta mañana la Comisión de Salud del Senado inició la votación en particular de la ley corta de isapres, que busca darle viabilidad al fallo de la Corte Suprema por tabla de factores.

En la instancia, los integrantes de la Comisión aprobaron por unanimidad que el umbral del precio del plan de isapres sea, como mínimo, de 7%.

Esta medida se encontraba en las indicaciones que el Gobierno ingresó hace algunas semanas y se trataba además de una de las propuestas que había sido recomendada por el comité técnico en el informe que elaboró para la Comisión de Salud.


En concreto, la norma establece que todos los afiliados a isapres tendrán la obligación de aportar el 7% de las remuneraciones imponibles. Por lo cual, quienes cuenten con un plan en el que su aporte sea inferior al 7% -cerca del 27% de los afiliados- tendrán que alcanzar ese umbral, pudiendo optar por mayores beneficios por parte de la isapre.

La nueva normativa terminaría con los excedentes por este concepto. Esto, porque quienes pactan un plan por debajo del 7%, pagan de todos modos ese porcentaje, pero se les devuelve la diferencia en excedentes o incluso en efectivo.

"Al momento de celebrar un contrato de salud, las Instituciones de Salud Previsional no podrán ofrecer planes cuyos precios sean inferiores al valor de la cotización legal para salud del afiliado, calculada sobre el monto promedio de los últimos seis meses de la remuneración, renta o pensión, según sea el caso", dice la indicación aprobada.

Al respecto, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, destacó que "dado que estas personas están pagando por un plan que tiene un costo menor, lo que se propone en la indicación es que se le tienen que ofrecer servicios adicionales para justificar el que ahora su plan va a costar lo que es la cotización legal, al menos".

Subrayó, además, que "la Corte Suprema pide que el pago de los cobros en esxceso, producto de la no aplicación de tabla de factores, es vía excedentes. Por lo tanto, van a seguir existiendo los excedentes para el pago de la deuda, pero no por este concepto".
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