El 11 de noviembre, en el Casino de Viña del Mar, ocurrió un hecho insólito.
La empresaria Lilian Tumani se encontraba jugando cuando la máquina tragamonedas en la que participaba le otorgó un premio de $3.816.219.496. El personal del recinto inicialmente la felicitó, pero minutos después técnicos y supervisores señalaron que se trataba de un error de software, por lo que el pago fue descartado.
Al constatar que el casino le negaba el premio,
ese mismo día Tumani presentó un reclamo y posteriormente solicitó el resguardo de las grabaciones y antecedentes del equipo.
Según informó La Tercera, el escrito presentado detalla que "con fecha 21 de noviembre de 2025, se recibió de parte del Concesionario Casino del Mar, respuesta al reclamo señalando que no efectuarían el pago del premio requerido por la Sra. Tumani, pues el comportamiento de la máquina se asociaba a un error en el software".
Tras insistir sin obtener copia de los registros, la empresaria inició gestiones judiciales para preparar una demanda por pago e indemnización de perjuicios.
Presentando el 3 de diciembre de 2025 un reclamo ante la Superintendencia de Casinos y Juegos, y dos días después el regulador despachó un oficio al casino requiriendo información.
Para el 15 de abril de 2026 está citada una audiencia de exhibición de documentos, citando a ambas partes, según consignó el medio citado.
¿Qué dicen los expertos?
Desde el punto de vista jurídico, la controversia no se resolverá por lo que mostró la pantalla, sino por la verificación técnica del resultado.
El docente de Derecho de la Universidad del Desarrollo, Juan Ignacio Contardo, explicó que el Catálogo de Juegos de la Superintendencia de Casinos de Juego considera como jugadas irregulares los errores en el pago de premios o cualquier situación que contradiga las reglas publicadas de la máquina.
"En un caso como el descrito, lo determinante es verificar si el resultado efectivamente obtenido por la jugadora coincide con la tabla de pagos y con las reglas homologadas para esa máquina en particular. El propio Catálogo contempla que, ante discrepancias, debe intervenir el Director de Máquinas o el Jefe de Sección, y pueden revisarse las jugadas grabadas por el sistema de CCTV, además de los registros del sistema", señaló Contardo.
De este modo, si los registros confirman que el resultado se ajusta a las reglas autorizadas, el premio debe ser pagado. En cambio, si se acredita una falla técnica que generó un resultado contrario a las reglas homologadas, podría tratarse de una jugada irregular susceptible de anulación bajo supervisión de la autoridad reguladora.
En definitiva —concluye el experto— la controversia no se define por la visualización del monto en pantalla, sino por la concordancia entre el resultado obtenido, las reglas del juego y los registros técnicos del sistema.
"En un caso como este, se deben tener en cuenta múltiples factores. En primer lugar, debemos considerar que cuando concurrimos a un Casino, somos consumidores de un servicio de entretenimiento, y por tanto nos asisten múltiples derechos, como la información veraz y oportuna, y especialmente a que se cumpla con lo ofrecido, que esencialmente se trata de que paguen el premio", dice, por su parte, Sebastián Benedetti, abogado socio de CBC abogados.
"Si el Casino sostiene que hubo un problema en la máquina, debe demostrarlo y ademas es necesario que esa falla no sea atribuible a una negligencia de funcionamiento del Casino, y para verificar aquello existe un marco regulatorio establecido por la Superintendencia de Casinos de Juego", añade.
"Si hubo una falla en el sistema, pero esta es imputable al operador del Casino, lo lógico sería que deba pagar el premio al consumidor. En caso de que el Casino se niegue al pago, se puede recurrir mediante reclamos al Sernac, y a la Superintendencia de Casinos de Juego", complementa.