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Presidente, ministros y parlamentarios: Entra en vigencia el nuevo sistema de sueldos para altas autoridades

La remuneración del Mandatario se ubica en el nivel más alto.

11 de Marzo de 2026 | 16:08 | Por José Tomás Guzmán, Emol.
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Este 11 de marzo comenzó a regir el nuevo sistema de remuneraciones para las altas autoridades del Estado. Se trata de un mecanismo establecido por la Comisión para la Fijación de Remuneraciones, órgano técnico y autónomo

El nuevo esquema fija sueldos brutos, únicos y totales para las principales autoridades públicas, los que se determinarán cada cuatro años y se mantendrán durante todo el periodo presidencial.

El objetivo del sistema es ordenar la escala salarial del sector público, corregir distorsiones acumuladas y asegurar una retribución acorde-.

Según lo definido por la comisión, la remuneración del Presidente de la República se ubica en el nivel más alto del sistema, en coherencia con su rol como jefe de Estado y jefe de Gobierno, el cual se fija en torno a los $11 millones brutos mensuales.

Bajo ese nivel se sitúan los ministros de Estado, seguidos por los parlamentarios —senadores y diputados— cuya dieta será equivalente a la remuneración de un ministro.

Además, la estructura también contempla remuneraciones diferenciadas para ciertas carteras ministeriales consideradas estratégicas en la conducción del gobierno.

Entre ellas, se encuentran los ministerios del Interior, Hacienda, Relaciones Exteriores, Defensa y la Secretaría General de la Presidencia, cuyos titulares cumplen funciones generales de asesoría directa al Presidente en materias de Estado.

No obstante, se mantienen beneficios complementarios establecidos en la legislación vigente, como viáticos, asignaciones de zona y de zonas extremas, además de gastos de representación. Estos últimos se calcularán como el 30% del sueldo base correspondiente al grado del cargo en la Escala Única de Sueldos.

Asimismo, el sistema establece que las autoridades no tendrán derecho a compensación por horas extraordinarias.

Mecanismo de reajuste


Las remuneraciones tendrán un reajuste inicial equivalente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) por una sola vez. Luego, se aplicará un mecanismo de reajustabilidad anual basado en la variación del IPC registrada en los 12 meses previos a noviembre de cada año.

Con este mecanismo, la comisión busca establecer reglas claras, objetivas y estables para la determinación de los salarios de las autoridades del Estado, simplificando su cálculo y reforzando la transparencia en la administración pública.

Nuevo marco para asesores a honorarios


La comisión también fijó por primera vez un sistema estructurado para determinar los honorarios de los asesores directos de las autoridades.

El nuevo modelo establece que los honorarios máximos de estos asesores se calcularán como un porcentaje de la remuneración bruta mensual de la autoridad a la que asesoran. El monto dependerá de tres factores: el tipo de asesor, la experiencia profesional y la calificación académica.

Dentro de las categorías definidas se incluyen coordinador de asesores, asesor estratégico o principal, asesor senior, asesor de comunicaciones y asesor junior.

Así, por ejemplo, los asesores senior podrán recibir hasta el 80% de la remuneración de la autoridad asesorada, mientras que los asesores de comunicaciones tendrán un tope de hasta el 60% y los asesores junior hasta el 40%.

El sistema también fija restricciones según el tipo de autoridad. Subsecretarios, directores de servicio y gobernadores regionales no podrán contar con asesores estratégicos ni coordinadores, mientras que los secretarios regionales ministeriales solo podrán contratar asesores junior.
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