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La disputa judicial entre el Gobierno y el Club Hípico de Punta Arenas por una fallida expropiación

La empresa dueña del terreno asegura que la expropiación y su posterior cancelación afectaron la explotación económica del predio.

11 de Junio de 2026 | 10:41 | Por Martín Garretón, Emol.
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El Mercurio

Lo que hasta hace algunos meses se perfilaba como una de las expropiaciones más cuantiosas realizadas por el Estado en las últimas décadas terminó derivando en una disputa judicial.

Los propietarios del Club Hípico de Punta Arenas decidieron demandar una indemnización luego que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo desistiera de adquirir el histórico predio de 20 hectáreas, una operación que había sido impulsada durante la administración de Gabriel Boric para fines urbanos y habitacionales.

La controversia se instaló después de que el ministro de Vivienda, Iván Poduje, instruyera al Serviu de Magallanes poner fin al proceso expropiatorio, argumentando restricciones presupuestarias derivadas del plan de ajuste fiscal implementado por Hacienda. La decisión dejó sin efecto una iniciativa que contemplaba destinar el terreno al desarrollo de áreas verdes, equipamiento urbano y soluciones habitacionales.

Según dio cuenta el Diario Financiero, la sociedad propietaria del recinto sostiene que, pese a que el desistimiento es legal, la actuación del Estado generó daños económicos que deben ser compensados. Por ello, presentó una acción judicial reclamando el pago de perjuicios que estima en un rango que va desde los $573 millones hasta más de $2.100 millones.

Antes de que el Gobierno frenara la operación, el Club Hípico ya había iniciado una ofensiva judicial para cuestionar el monto fijado por la comisión tasadora del Serviu, que había valorizado el terreno en unos US$22,7 millones. La empresa buscaba elevar esa cifra a al menos US$53,8 millones.

De esta forma, la discusión dejó de centrarse exclusivamente en cuánto debía pagar el Estado por el inmueble y pasó a enfocarse también en las consecuencias económicas que, según la compañía, provocó la decisión de revertir la expropiación.

Una de las mayores expropiaciones del país

La expropiación del Club Hípico de Punta Arenas formaba parte de una estrategia impulsada en el marco del Plan Ciudades Justas y del Plan de Emergencia Habitacional. El objetivo era incorporar un terreno considerado estratégico para el crecimiento urbano de la capital regional de Magallanes.

De concretarse en los términos fijados por la comisión de peritos —una indemnización provisional de aproximadamente US$22,7 millones—, habría figurado entre las operaciones expropiatorias más relevantes de los últimos años en Chile.

El curso del proceso cambió cuando el Ministerio de Vivienda resolvió desistirse de la expropiación. Según el Diario Financiero, la decisión fue comunicada por el ministro Poduje mediante un oficio al director del Serviu de Magallanes, en el que se hacía referencia a las medidas de contención del gasto impulsadas por Hacienda: reducción transversal del presupuesto, congelamiento de contrataciones y paralización de desembolsos que no constituyeran obligaciones legales ineludibles.

Tras el desistimiento, la Sociedad Club Hípico de Punta Arenas S.A. decidió iniciar una nueva acción judicial. La empresa, constituida en 1911 y controlada actualmente por Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Otway S.A., sostiene que la discusión no apunta a cuestionar la legalidad de la actuación estatal, sino que al daño patrimonial que habría generado esta decisión.

La demanda identifica tres tipos de daños. El primero es el daño emergente: honorarios legales, informes técnicos, estudios especializados y otros costos asociados a la tramitación. El segundo es el lucro cesante, argumentando que durante la vigencia del proceso el inmueble dejó de operar en condiciones normales de mercado, limitando nuevos negocios vinculados al terreno. El tercero corresponde a los intereses generados por los recursos consignados en tribunales durante la expropiación.

La empresa calcula que los perjuicios efectivamente sufridos alcanzan, al menos, los $573 millones. Sin embargo, la presentación también incorpora un criterio alternativo: comparar el caso con operaciones inmobiliarias entre privados, donde habitualmente se contemplan indemnizaciones equivalentes al 10% del valor acordado cuando una parte desiste. Aplicado al monto fijado por la comisión de peritos, ese cálculo arroja $2.179.600.000.


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