La disputa familiar que enfrenta a los hermanos Rocío y Luis Pedro Farías, accionistas del Grupo Pullman, sumó una nueva arista judicial. A la querella presentada contra Luis Pedro Farías por el delito de administración desleal en carácter reiterado se agrega ahora una demanda civil que busca restringir su capacidad para administrar sus bienes.
La acción fue presentada por Rocío Farías ante el 14° Juzgado Civil de Santiago y corresponde a una "demanda de interdicción por causa de demencia y, en subsidio, por causa de disipación". El escrito, patrocinado por los abogados Rebeca Zamora y Carlos Frías, solicita que su hermano sea declarado interdicto, se le prive de la administración de sus bienes y se designe un curador, según reveló El Mercurio.
La demanda ya fue notificada y se encuentra en tramitación. Según plantea el escrito al cual tuvo acceso el citado medio, la acción tendría un propósito "estrictamente protectora", orientado a resguardar a Luis Pedro Farías y su patrimonio, además de evitar eventuales perjuicios a terceros.
La figura utilizada en la demanda tiene dos caminos jurídicos distintos. Y, según explican abogados consultados por Emol, que se invoquen ambas causales no significa que estén acreditadas ni que produzcan los mismos efectos.
Dos causales y una petición subsidiaria
La interdicción es un mecanismo mediante el cual se solicita a un tribunal restringir la capacidad de una persona para administrar sus bienes y realizar determinados actos jurídicos por sí misma.
Isabel Warnier, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo, detalló que la interdicción por demencia "es la acción por la cual se pide al tribunal que declare a una persona incapaz de administrar sus bienes y ejercer actos jurídicos por sí misma, designándole un curador que la represente".
Pero precisó que el concepto jurídico de "demencia" no necesariamente coincide con el utilizado actualmente en medicina. "Es un término jurídico amplio que abarca cualquier alteración mental o pérdida de razón", señaló.
La segunda causal es la disipación, que no supone necesariamente un problema de salud mental. En este caso, sostuvo Warnier, se trata de una "conducta habitual de manejo económico gravemente imprudente, que pone en riesgo la conservación de su patrimonio al dilapidarlos sin razón".
Pedro Peña, abogado socio de SoyTrabajador, explicó que la expresión "en subsidio" es relevante: "La disipación se plantea como una petición alternativa y no que ambas causales ya se encuentren acreditadas".
"La disipación se plantea como una petición alternativa y no que ambas causales ya se encuentren acreditadas"
Pedro Peña
En términos simples, el tribunal debe analizar primero la causal principal invocada y, si esta no prospera, puede entrar a examinar la petición subsidiaria de disipación.
Qué tendría que probar Rocío Farías
La presentación de una demanda no basta para que una persona sea declarada interdicta. Los abogados coinciden en que se requiere acreditar ante el tribunal los presupuestos específicos de la causal invocada.
En el caso de la demencia, Warnier señaló que debe demostrarse "un estado actual y habitual de privación de razón que impida a la persona administrar adecuadamente lo suyo". Para ello, los antecedentes médicos tienen un papel central, incluyendo informes periciales psiquiátricos o neurológicos.
También deben considerarse otros elementos. El tribunal debe oír a los parientes del presunto interdicto y, en lo posible, a la propia persona, además de evaluar testimonios sobre su comportamiento habitual.
"Un acto imprudente aislado, por cuantioso que sea, no es suficiente", advirtió Warnier respecto de la causal de disipación. Para que esta proceda, debe acreditarse un patrón reiterado de dilapidación patrimonial y una falta total de prudencia.
Peña coincidió en que "no basta con afirmar que una persona tomó malas decisiones o incurrió en conductas imprudentes". En el caso de la demencia, dijo que los antecedentes médicos son relevantes, pero deben ser evaluados junto con el resto de la prueba.
"Un acto imprudente aislado, por cuantioso que sea, no es suficiente"
Isabel Warnier
Para la disipación, agregó, deben demostrarse "hechos repetidos de dilapidación que revelen una falta total de prudencia".
Rodrigo Cabrera, abogado socio de CBC Abogados, marcó además una diferencia relevante para este caso: "Una mala administración del patrimonio de terceros puede ser un antecedente a considerar, pero no necesariamente basta para declarar una interdicción y puede dar lugar, más bien, a otro tipo de responsabilidades legales".
Así, una eventual disputa por la gestión de una compañía no equivale automáticamente a la acreditación de alguna de las dos causales. Según Peña, "una decisión empresarial discutible, un gasto aislado o un conflicto entre familiares no permiten, por sí solos, dar por acreditada ninguna de las dos causales".
Las consecuencias si el tribunal acoge la acción
Los efectos dependerán de cuál de las dos causales sea acogida.
Si se declara la interdicción por demencia, la persona pasa a ser considerada absolutamente incapaz. Warnier explicó que los actos y contratos celebrados por ella después del decreto de interdicción inscrito "son nulos de nulidad absoluta".
Además, se designa un curador general que representa al interdicto y administra su patrimonio bajo las reglas aplicables a las curadurías.
En el caso de la disipación, el régimen es menos restrictivo. La persona pasa a ser relativamente incapaz y la limitación se concentra principalmente en la administración de sus bienes. "Conserva su libertad y la libre disposición de una suma para sus gastos personales, fijada por el juez", explicó Peña.
"La interdicción por demencia es más gravosa, ya que genera una incapacidad absoluta para celebrar actos jurídicos en general, mientras que la interdicción por disipación se concentra principalmente en la administración del patrimonio"
Rodrigo Cabrera
Cabrera resumió la diferencia señalando que "la interdicción por demencia es más gravosa, ya que genera una incapacidad absoluta para celebrar actos jurídicos en general, mientras que la interdicción por disipación se concentra principalmente en la administración del patrimonio".
El impacto sobre sus funciones en Pullman
Uno de los puntos de mayor interés en un conflicto que involucra a un grupo empresarial es qué ocurriría con las funciones que ejerce una persona interdicta dentro de una sociedad.
Warnier planteó que, si se trata de una interdicción por demencia, una persona que ejercía como director, gerente o representante legal no podría continuar ejecutando actos en esa calidad desde el decreto de interdicción, lo que en la práctica obligaría a su reemplazo.
Peña añadió una precisión: la interdicción no significa que un curador pase automáticamente a administrar las empresas de las que la persona es dueña o accionista. "Deben distinguirse sus bienes personales, su participación societaria y los órganos de administración de cada sociedad", señaló.
En cuanto a los cargos societarios, agregó que "el director de una sociedad anónima que incurra en incapacidad legal sobreviniente cesa automáticamente en el cargo". Para una gerencia u otra posición, en cambio, deben revisarse el tipo de sociedad, sus estatutos y la forma en que se designó el cargo.
"El director de una sociedad anónima que incurra en incapacidad legal sobreviniente cesa automáticamente en el cargo"
Pedro Peña
Cabrera enfatizó, de todos modos, que cualquiera de las dos interdicciones "podría limitar o impedir el acceso o ejercicio de determinados cargos de administración o representación en sociedades".
Por ahora, la demanda se encuentra en tramitación y su sola presentación no produce automáticamente la pérdida de la administración de los bienes ni de los cargos empresariales. Peña enfatizó que "presentar la demanda no produce por sí solo estos efectos", aunque el tribunal puede decretar una interdicción provisoria durante el proceso si se cumplen los requisitos correspondientes.
El resultado del juicio, por tanto, será determinante para establecer si se configura alguna de las causales invocadas y cuáles serían sus consecuencias concretas para Luis Pedro Farías y su patrimonio.