EMOLTV

Dos de los cuatro militares formalizados por hechos durante el estado de emergencia tenían condenas

Desde el Ejército señalaron que en el caso de una sanción como menor, la información es omitida en los respectivos extractos, mientras que una sentencia como adulto "no acarrean, necesariamente, la inhabilidad".

06 de Noviembre de 2019 | 13:22 | Por Tamara Cerna, Emol.
imagen

Referencial.

Aton
SANTIAGO.- "Las reglas de uso de fuerza que el propio Ejército de Chile da (...) le exigía una serie de mecanismos previos a efectuar disparos, como hacer señales de advertencia, recurrir a otro medio de fuerza, como física, y la última posibilidad, solo en legítima defensa, lo habilita para hacer un disparo en la forma que hizo, y cuestión que estuvo lejos de ocurrir aquel día".

Esa fue parte de la vocería que hace unos días dio el fiscal de Concepción, Nelson Vigueras, para referirse al caso de un sargento formalizado por apremios ilegítimos durante el estado de emergencia que permitió su control de las calles.

En un comienzo, Héctor Herrera Villa había quedado en libertad. Su caso escaló a la Corte de Apelaciones de la ciudad donde finalmente se decretó su prisión preventiva.

Herrera, es uno de los cinco miembros de las Fuerzas Armadas FF.AA. -cuatro de ellos pertenecientes al Ejército-, que fueron llevados a tribunales por hechos registrados en el estado de excepción decretado ante el estallido de la crisis social que hoy enfrenta Chile, según confirmó Emol tras consultar a las 19 fiscalías regionales del país.

Así también, el sargento es uno de los dos militares que, al momento de los hechos por los cuales enfrentaron cargos, tenían una condena anterior.

En su caso, tiene cuatro sanciones por cuasidelito de lesiones y también por lesiones leves, mientras que en la del otro, indagado por la muerte del joven de 25 años, José Miguel Uribe Antipani, por robo con intimidación como menor de edad.

Los criterios del Ejército


Emol consultó al Ejército sobre cómo abordan el hecho que dos de sus militares, previamente condenados, se vean nuevamente envueltos en un proceso penal, como también cuáles son los criterios de selección y permanencia de los uniformados en estos casos.

Sobre la primera consulta no hubo respuesta, ya que se aludió la ley sobre protección de la vida privada y las restricciones que se estipulan respecto acciones prescritas, sosteniendo que "no es posible referirse a dichas datos por exigencias legales".

En tanto, la segunda se abordó en detalle en una respuesta escrita.

Así, se señaló que para ingresar a la institución castrense, "cada persona cumple con los respectivos procesos de selección, ya sea para Soldado Conscripto, Suboficial u Oficial, los que incluyen, entre otros aspectos, un análisis de sus antecedentes, de acuerdo a la información oficial disponible en los respectivos órganos e instituciones del Estado", lo que compete al servicio de Registro Civil.

"En el caso de delitos cometidos por menores de edad, cabe hacer presente que, respectos de éstos no les asiste responsabilidad penal, motivo por el cual pueden haber sido omitidos dichos datos en los respectivos extractos. Por consiguiente, la Institución ha obrado en conformidad a la información oficial proporcionada por los organismos competentes", señalaron.

En tanto, en el caso de aquellos sancionados durante servicio activo, la institución sostiene que, de acuerdo al sistema procesal y penal vigente, "ellos no acarrean, necesariamente, la inhabilidad para permanecer en funciones, habida consideración del régimen de las salidas alternativas y cumplimiento alternativo de condenas".

Los casos


El 20 de octubre se registraron tres situaciones que implicaron la detención de uniformados. En Santiago, la Fiscalía Centro Norte formalizó a un cabo del Ejército por lesiones graves, tras identificarlo como el presunto autor del disparo que hirió al joven en Colina.

El imputado quedó con las medidas cautelares de firma mensual y prohibición de acercarse a la víctima.

En tanto, el mismo 20 de octubre falleció en Talcahuano un joven de 23 años y, un día después, se formalizó a un infante de marina por el delito de cuasidelito de homicidio.

De acuerdo a la fiscalía del Biobío, el imputado se encontraba realizando servicios en el marco del estado de emergencia, cuando atropelló "por no haber observado los debidos resguardos". Se decretó las medidas de firma mensual y arraigo nacional.

Ya en Coquimbo, y tras el fallecimiento de una persona, se llevó a tribunales por homicidio a un cabo primero del Ejército que, mientras realizaba un patrullaje por el sector de calle Bilbao con Pinto, habría efectuado un disparo contra la víctima, según la fiscalía de la región. Se ordenó prisión preventiva.

Los hechos judicializados contra militares saltan a la noche del 21 de octubre, día en que falleció un joven de 25 años en Curicó.

De acuerdo a la fiscalía del Maule, José Miguel Uribe Antipani se encontraba pasadas las 00:00 de ese martes en la Ruta 5 Sur cuando recibió el impacto de una munición de guerra. Por ello, se formalizó al cabo segundo del Ejército Juan Reyes Araneda, quien se encuentra en prisión preventiva.

"Este imputado, como adulto no tiene condena, pero sí tiene por un robo con intimidación como menor de edad, del año 2008", señaló el fiscal de Curicó, Jaime Rojas.

El último hecho fue el de Herrera el 22 del pasado mes. El uniformado es indagado por un disparo realizado a corta distancia a un obrero de 50 años durante el toque de queda en Concepción.

Al igual que Reyes, Herrera tiene una condena, aunque en su caso es por cuasidelito de lesiones en justicia militar, y también otras tres por lesiones leves en justicia ordinaria. Todas como mayor de edad.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?