Los resultados de las elecciones municipales del pasado
26 y 27 de octubre, siguen siendo motivo de análisis por parte de la justicia electoral. Es que más allá de lo ocurrido en Peñalolén, donde tras un nuevo escrutinio público de 21 meses, finalmente se ratificó el triunfo de
Miguel Concha (FA), sobre
Claudia Mora (RN), en regiones hay otras situaciones.
En Valparaíso, el Tribunal Electoral Regional (TER) rechazó las reclamaciones de los candidatos a alcaldes de Petorca y Nogales, quienes apuntaban a un reconteo de los votos o a una anulación de la elección.
Según publicó El Mercurio de Valparaíso, en el caso de Nogales, la alcaldesa electa Leslie Pacheo (IND-UDI) obtuvo 4.503 sufragios, la incumbente Margarita Osorio 4.503 y el candidato Ricardo Aliaga (IND) 4.242. Aliaga presentó un recurso de nulidad argumentando que los votos de alcaldes sumaban menos que los de concejales (439 menos). También intentó presentar un recurso la actual alcaldesa Osorio. Ambos reclamos fueron rechazados.
En cambio si se aceptó el de la alcaldesa electa Pacheco, quien pidió la revisión de dos meses.
En Petorca, en tanto, Gustavo Henríquez (IND-RN), quien obtuvo 2.918 votos, versus los 2.879 del alcalde en ejercicio Ignacio Villalobos (IND-FA), comentó en el mismo medio que el TER resolvió el recuentro en sólo una de las 12 a 14 mesas que solicitó el alcalde actual, por lo que cree que el tema quedará cerrado a su favor.
Al sur del país también se han sado algunos casos, uno de ellos es el del ex diputado Javier Hernández y de la UDI, cuya reclamación por elección de alcalde en Osorno fue rechazada por el TER. De acuerdo al diario el Llanquihue, éstos habían solicitado la rectificación de los escrutinios de la elección de alcaldes donde Hernández perdió por 163 votos, frente a Jaime Bertín.
El TER sí acogió la solicitud de revisión de la elección en San Juan de La Costa, presentada por la candidata independiente Margot Barrientos. Ésta fue superada por 6 votos por José Luis Muñoz (DC). Por ello, deberán recontarse los votos en 4 mesas.