SANTIAGO.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió una circular que regula la comercialización del "Seguro Obligatorio de Accidentes Personales Causados por Vehículos Motorizados con Matrícula Extranjera" (Soapex), para vehículos que ingresen en forma provisoria o temporal a Chile a contar del próximo 06 de noviembre.
Según explicó el organismo regulador, este seguro otorga cobertura en caso de muerte y lesiones corporales que puedan sufrir las personas producto de un accidente en el que intervenga el vehículo asegurado durante su estadía en nuestro país, con indemnizaciones equivalentes a las que rigen para los vehículos nacionales de acuerdo a la Ley 18.490.
En detalle, las indemnizaciones corresponden a: UF 300 en caso de muerte, previa deducción de los gastos médicos; UF 300 en caso de incapacidad permanente total, monto del cual no se deducen los gastos médicos; hasta UF 200 en caso de incapacidad permanente parcial, según su grado; y, hasta UF 300 por gastos médicos.
Este seguro se podrá contratar en Chile sólo a través de aseguradoras nacionales, o bien, en el extranjero, a través de aseguradoras extranjeras que tengan convenio con compañías de seguros nacionales. Igualmente, establece que las compañías chilenas podrán comercializar el Soapex a través de medios electrónicos o formularios pre impresos.
Se exceptúan de la contratación de este seguro a aquellos vehículos a los que se les apliquen convenios o acuerdos internacionales que contengan normas sobre seguros.