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Johnny Herrera, culpable de cuasidelito de homicidio por atropello

El tribunal desestimó que el arquero condujera bajo efectos del alcohol, sin embargo, consideró que su conducta provocó la muerte de Macarena Cassasús. La sentencia se leerá el próximo 27 de junio.

27 de Junio de 2013 | 15:28 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- El Tercer Tribunal Oral en lo Penal declaró culpable de cuasidelito de homicidio al portero de Universidad de Chile, Johnny Herrera, por el fatal atropello que en diciembre de 2009 le costó la vida a la joven Macarena Cassasús.


El tribunal entregó el veredicto -cuya sentencia se conocerá el próximo jueves 27 de junio, a las 15:00 horas-, luego que el futbolista se negara a hablar frente a los magistrados, encabezados por la jueza Blanca Rojas.


La resolución determinó que el futbolista "conducía a exceso de velocidad y desatento a las condiciones del tránsito", agregando que las pruebas presentadas acreditaron su participación en el trágico hecho, ocurrido la madrugada del 20 de diciembre de 2009.


Sin embargo, se desestimó que Herrera condujera bajo los efectos del alcohol, debido a que la gradualidad de alcohol en la sangre era menor a 0,5 gramos, lo que acreditó que el día de los hechos el arquero sólo bebió un vaso y medio de vodka con Coca Cola light.


Asimismo, el fallo recalcó que fue la conducta de Herrera lo que provocó la muerte de Macarena Cassasús y no el accionar imprudente de la víctima, como lo intentó probar la defensa.


En la instancia la jueza Blanca Rojas sostuvo que el veredicto contra el seleccionado chileno fue dividido, con su voto en contra, pues -explicó- estaba por absolverlo.


Tras el fallo, el Ministerio Público leyó la hoja de vida de conductor de Herrera, con el objetivo de demostrar que el acusado "no tiene conducta irreprochable anterior". Entre los hechos expuestos figuraron la conducción a exceso de velocidad, cuyo acto se repitió en varias ocasiones.


Asimismo, la fiscalía descartó que la declaración del portero de la U en el juicio oral pueda  enmarcarse dentro de una actitud colaboradora del deportista, descartando así la posibilidad de atenuantes que pudiesen rebajar su sentencia condenatoria.

Por último, solicitó la máxima pena asignada al cuasidelito de homicidio correspondiente a 3 años de presidio menor en su grado medio y la suspensión de la licencia de conducir por dos años.


La defensa, por su parte, solicitó que a Herrera se le considerara el hecho de no tener sentencias criminales y la atenuante de que "reparó con celo el mal causado", agregando que el 26 de julio de 2011, en el marco de una suspensión condicional del procedimiento, se acordó el pago de 25 millones de pesos a los padres de Macarena Cassasús, los cuales deberían ser repartidos en partes iguales. Dicho pago, se concretó el 7 de febrero de 2012.

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