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Operación Renta 2022: ¿Cuáles son los pasos a seguir para los emprendedores?

23 de Febrero de 2022 | 14:34 | Portal Pyme
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Comienza un nuevo año y, con ello, una serie de trámites que los emprendedores deben realizar. Uno de ellos es la Declaración de Impuestos a la Renta, sin embargo...¿Qué se debe tener en cuenta para esta versión 2022 y cuáles son los plazos?

La conocida Operación Renta, es el proceso por el cual los contribuyentes realizan su declaración anual de rentas o ingresos anuales y, dependiendo de la situación, podrán recibir una devolución, o bien, deberán pagar impuestos. Este proceso se lleva a cabo a través del Formulario 22 durante el mes de abril y si le corresponde con pago su fecha límite es el 30 de abril.

Según los especialistas, es clave anticiparse a este proceso, organizando la información contable y sus soportes como lo son boletas y facturas, reportes que darán paso a la confección de declaraciones juradas y posteriormente, el cálculo de impuestos.

La experta tributaria y creadora de Potencia Empresas, Blanca Vives, indicó que "es importante que los emprendedores se planifiquen y sepan con antelación el resultado del ejercicio 2021, esto con el fin de no toparse con sorpresas al momento de hacer la declaración del F22".

"Si no conocen los números de empresa, las sumas de dinero a pagar en impuestos de primera categoría o del impuesto global complementario pueden ser muy por encima de lo esperado. Esto puede provocar que no puedan pagar en los plazos estipulados o no puedan hacer el uso de la postergación para junio", agregó Vives.

Según la resolución N° 128 del SII, en la que detalla las fechas y lineamientos de las principales Declaraciones Juradas a entregar entre el primero de marzo y el 30 de junio próximo, se destaca para emprendedores la DJ 1835 Declaración Jurada anual sobre bienes raíces arrendados, la cual no tiene cambios y cuya entrega expira el 24 de marzo.

En tanto, el 28 de marzo vence la entrega de las DJ 1887 y 1879, que aborda sueldos, remuneraciones y retenciones de trabajadores dependientes e independientes. El 30 del mismo mes, es el último día para enviar la información de la DJ 1943 sobre contribuyentes acogidos a regímenes como la renta presunta y contabilidad simplificada.

Además, la DJ 1947 y 1948 corresponden al régimen Propyme Transparente y General, respectivamente.

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