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Se inicia cuenta regresiva para fin de exención sin límite para DFL2 compradas antes de 2010

Regulación tiene su origen en ley que modificó franquicias para financiar la PGU.

19 de Julio de 2022 | 07:31 | Emol
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El Mercurio
Tras la presentación de la reforma tributaria se generó un intenso debate por la propuesta que incluye la iniciativa del Gobierno, que apunta a poner fin a la exención o liberación de pago de impuestos por el arriendo de viviendas DFL2. Las críticas se han enfocado en el impacto que podría tener la propuesta en familias de clase media. La norma actual establece que las personas naturales propietarias de hasta dos DFL2 (viviendas cuya superficie edificada es menor a 140 m) tienen derecho a beneficios tributarios, entre ellos la liberación del tributo a la herencia y que las rentas por arrendamiento son consideradas impuesto no renta, los que el proyecto de Hacienda elimina. Además, en el mercado estaba internalizado que unidades DFL adquiridas antes del 30 de julio de 2010 no tenían limitaciones en sus beneficios tributarios. Sin embargo, una circular del Servicio de Impuestos Internos (SII) recoge los cambios realizados por la Ley N° 21.429 a exenciones para financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU), estableciendo que a contar del 1 de enero de 2023 los propietarios de DFL2 "quedarán afectos a las disposiciones del referido decreto con fuerza de ley N°2, de 1959, según su texto vigente, respecto de todos los bienes raíces de su propiedad, cualquiera se al fecha en que hayan sido adquiridos". Juan Pablo Cabello, socio de Cabello y Cía., advierte sobre el actual proyecto que "no se pueden descartar posibles litigios sobre esta materia".

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