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¿En pedir no hay engaño?: El "boom" de las propinas en diversos rubros y análisis a su legalidad

Desde la Dirección del Trabajo señalan que, en rigor, el pago de propinas no está restringido al rubro que desempeñan los garzones, pues solo se requiere que se trate de establecimientos de atención a público.

28 de Febrero de 2023 | 14:54 | Por Ignacia Munita C., Emol
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El Mercurio
Comprar un helado, comida rápida o cualquier tipo de alimento para llevar; ordenar productos a través de algún servicio como Rappi o Uber Eats, e incluso acudir a peluquerías. En todos estos tipos de prestaciones se ha instalado la creciente tendencia a solicitar propina, pese a que muchas de ellas no están contempladas en la legislación que regula dicha gratificación.

"Fui a la peluquería hoy y al pagar me dicen: ¿cuánto va agregar de propina? Nada respondo y obvio que me miran feo"; "si atienden mal en un restaurante dan por hecho los mozo que les tiene que dar un 10%, más aún en la comida rápida o pides para llevar y te piden el 10%. No amigo", son algunas de las quejas de consumidores que se leen al navegar por redes sociales y que han llevado a las autoridades a levantar alertas sobre el tema.

De hecho, fue en Twitter que Trabejita, el personaje dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que difunde los principales mensajes de la cartera y da respuesta a cientos de usuarios, advirtió en un tuit "sobre la costumbre que han adoptado algunos rubros de pedir propina para servicios que debieran tener incluida la atención dentro del precio", recalcando además que, según lo establecido en el artículo 64º del Código del Trabajo, aquello solo "pueden hacerlo garzones de restaurantes, cafés y similares".

Dicho artículo establece que "en los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo,el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario".

¿Es legal?

Sobre el punto, Sebastián Benedetti, abogado y socio de CBC ABOGADOS, aclara que la ley no permite exigir propina, sino que, en ciertos rubros, la normativa le impone al empleador la obligación de sugerir la propina al cliente. En ese sentido, menciona que "como se dice popularmente 'en pedir no hay engaño' y por tanto, que se solicite propina, en principio, no debería ser un problema. Pero se debe tener claro que otorgar la propina depende de una liberalidad del consumidor, y no es nunca una obligación".

"Se define propina como un agasajo que sobre el precio convenido y como muestra de satisfacción se da por algún servicio. Así, en caso de que el consumidor se sienta satisfecho por el servicio prestado, podría encontrarse en el deber moral, mas no legal, de otorgar la propina", acotó.

Nicole Sobarzo, abogada senior del equipo de Estrategia y Estructuras de Moraga & Cia, dice que "en un sistema económico sano, que ampara la libertad como bien esencial, se debe ser libre para sugerir y libre para pagar. Este es un perfecto ejemplo donde debe operar la autorregulación y no la regulación".

"El pago de propinas no está restringido al rubro en que se desempeñan los garzones, sino que también a otros dependientes que se desempeñen en otro tipo de establecimientos y a quienes los clientes pagan propina"

Marta Donaire, jefa de la Unidad de Derechos Fundamentales del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo (DT)
La jefa de la Unidad de Derechos Fundamentales del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo (DT), Marta Donaire, especificó que -conforme a las modificaciones introducidas a la Ley 21.009 en 2017- "se amplió el ámbito de trabajadores que pueden recibir el pago de propinas, distintos a los garzones".

Así el inciso final del artículo 64º del Código del Trabajo dispone, en su primera parte, lo siguiente: "Las normas contenidas en los incisos segundo, tercero y cuarto de este artículo serán también aplicables, en lo pertinente, en aquellos establecimientos de atención al público en los que se deje propina, como las estaciones de expendio de combustibles u otros (…)".

En consecuencia, asegura Donaire, "el pago de propinas no está restringido al rubro en que se desempeñan los garzones, sino que también a otros dependientes que se desempeñen en otro tipo de establecimientos y a quienes los clientes pagan propina".

Junto con ello acotó que desde entonces el criterio del legislador "es amplio respecto de los trabajadores que pueden recibir propinas, por lo que no se trata de un 'auge' a solicitar propinas que no están contempladas en la ley. Solo se requiere que se trate de establecimientos de atención al público".

Presiones sobre clientes

Por su parte, Juan Bravo, economista y director del Observatorio del Contexto Económico (OCEC) de la Universidad Diego Portales, señala que "en parte, la extensión de solicitar propina a rubros en los que no se acostumbraba en Chile tiene que ver con la fuerte inserción laboral de inmigrantes, que comenzaron a incorporar la solicitud de propina en ámbitos distintos a los de los garzones, pues en sus países de origen la propina también se da en otros rubros".

"El problema surge cuando el cliente se siente presionado a tener que dar propina y en eso tiene que ver mucho con la forma en que esta se solicita. Además, muchos clientes no se atreven a decir que no, a pesar de no querer otorgarla. Cuando un cliente se siente forzado a dar propina esto puede traer consecuencias negativas para el establecimiento"

Juan Bravo, economista y director del OCEC de la Universidad Diego Portales
A su juicio, el problema en estos casos "surge cuando el cliente se siente presionado a tener que dar propina y en eso tiene que ver mucho con la forma en que esta se solicita. Además, muchos clientes no se atreven a decir que no, a pesar de no querer otorgarla. Cuando un cliente se siente forzado a dar propina esto puede traer consecuencias negativas para el establecimiento".

El economista David Bravo, director del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la Universidad Católica, indicó que "lo importante es la naturaleza voluntaria. Hoy, con los medios tecnológicos, las sugerencias que se realizan en las aplicaciones o el comercio online facilitan el que esto pueda ocurrir pero, al mismo tiempo, también están los mecanismos para evaluar directamente la calidad de la atención".
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