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Operación Renta 2024: Conoce las fechas clave de este proceso

El 1 de marzo comienzan los trámites, los cuales deben concluir el 30 de junio.

19 de Febrero de 2024 | 14:31 | Por Valentina Hevia | Portal Pyme
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Ad portas de la llegada de marzo, las pymes comienzan a prepararse para la, muchas veces, temida Operación Renta. Para ello, Kame ERP, un software especialista en planificación de recursos empresariales, entrega algunos consejos para considerar a la hora de comenzar este proceso.

- Ten todos tus papeles en orden: Más allá de tener o no un contador en tu empresa, es fundamental que tus documentos y tu información se encuentren en orden y con fácil acceso, pues eso te ahorrará mucho tiempo al momento de encarar este proceso. Declaraciones juradas, impuestos, facturas y boletas deben estar a la mano y accesibles de forma rápida para cuando los necesites.

- Atento a los plazos: El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya dio a conocer el calendario de la Operación Renta 2024 con las fechas a cumplir, culminando en abril con la entrega del Formulario 22, hasta el día 30 de ese mes. "El proceso empieza mucho antes, ya que entre el 1 de marzo y el 30 de junio se deben entregar una serie de declaraciones juradas (DDJJ) respecto a distintas partidas", señaló uno de los fundadores de la plataforma, Víctor Jiménez.

¿Qué es una declaración jurada?


Desde Kame ERP señalan que es un resumen estructurado de alguna información en particular que requiera el SII. Por ejemplo, la declaración jurada de sueldos es un resumen anual de las remuneraciones de todos los trabajadores de la empresa. Es obligación enviarla para todas aquellas empresas que hayan tenido al menos a una persona contratada durante el año. Situación similar ocurre con la declaración jurada de honorarios.

Dependiendo del rubro, hay algunas fechas clave que se deben considerar:

1) DDJJ 1903 (Cotizaciones) – Vencimiento: 1 de marzo

2) DDJJ 1832 (Donaciones) – Vencimiento: 25 de marzo

3) DDJJ 1947 (Renta Imponible) – Vencimiento: 28 de marzo

4) DDJJ 1887 (Sueldos) – Vencimiento: 28 de marzo

5) DDJJ 1879 (Retenciones) – Vencimiento: 28 de marzo

6) DDJJ 1943 (Renta Presunta) – Vencimiento: 28 de marzo

7) DDJJ 1929 (Operaciones en el Exterior) - Vencimiento: 28 de junio

8) DDJJ 1920 (Mensual) – Vencimiento: Último día hábil del mes

Finalmente, se recomienda que el Formulario 22 no se debe entregar antes que las declaraciones juradas. Otro error común es enviar la declaración de renta con las DDJJ observadas, pues si estas últimas están observadas, también lo estará la renta.
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