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Ley de 40 horas: ¿Cómo deben prepararse las pymes para la primera fase de adecuación de la jornada laboral?

La normativa se implementará en un plazo de cinco años, comenzando un año después de la publicación en el Diario Oficial, es decir, el 26 de abril de 2024.

01 de Abril de 2024 | 10:23 | Por Natalia Munar | Portal Pyme
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A partir del 26 de abril empezará a aplicar la primera fase de adecuación de la jornada laboral en Chile, marcando el inicio del cambio en la legislación laboral del país. La transición hacia las 40 horas semanales, desde las actuales 45, está en marcha y conlleva una serie de consideraciones clave para empleadores y trabajadores.

En ese sentido, empresas y emprendedores deben estar atentos, ya que en cuestión de días, esta ley entrará en vigor de manera gradual, disminuyendo a 44 horas en el primer año, a 42 horas en el tercer año y finalmente a 40 horas en el quinto año, lo cual se debería concretar en el año 2028. Desde Smart CFO, especialistas en asesoría financiera, tributaria y de recursos humanos para Pymes, advierten que, con la implementación de la normativa, los empleadores deberán evaluar distintas modalidades de reducción de la jornada laboral.

“Es importante destacar que a nivel de pequeñas y medianas empresas, las relaciones laborales son bastante cercanas y horizontales y muchas veces las medidas que vienen a favorecer las condiciones de empleo de los trabajadores pueden quedar vagamente documentadas, por tal razón es importante fijar la reducción de la jornada en un anexo del contrato para los trabajadores antiguos”.

Gabriel Vergara, CEO de Smart CFO
Según Vergara, la implementación de esta normativa implica una evaluación exhaustiva de distintas modalidades de reducción de jornada laboral. Por lo mismo, el experto recomienda establecer los criterios para esta disminución horaria con anticipación, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas, donde las relaciones laborales suelen ser más cercanas y menos formalizadas.

Uno de los aspectos fundamentales que resalta Vergara es la necesidad de documentar adecuadamente la reducción de la jornada, particularmente para los trabajadores antiguos. Recomienda la inclusión de un anexo en los contratos de trabajo y su carga en el portal de la empresa en la Dirección del Trabajo (DT) en un plazo no superior a 15 días.

Además de la reducción de horas, la Ley de 40 horas introduce disposiciones relacionadas con el control de asistencia y la flexibilidad en la distribución del tiempo laboral. El empleador tendrá la responsabilidad de registrar la asistencia y determinar las horas de trabajo, utilizando métodos como un libro de asistencia, un reloj de control con tarjetas de registro o un sistema electrónico.

Vergara finalizó señalando que “es importante señalar que bajo ninguna circunstancia puede existir una disminución de los sueldos de los trabajadores por la disminución de la jornada, ya que, de incurrir en esta falta, las Pymes pueden verse expuestas a serias multas por parte de la inspección del trabajo”.
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