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Acuerdo en pensiones: Cómo funciona el préstamo al Estado y los 6 cambios claves para la industria de AFP

Entre las modificaciones se encuentran la licitación periódica del stock de afiliados, el sistema de premios y castigos para incentivar mejores rentabilidades y la introducción de más competencia.

16 de Enero de 2025 | 13:42 | Por Pablo San Martín, Emol
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El Mercurio
Las indicaciones que presentó el Gobierno para sacar adelante la reforma de pensiones consideran modificaciones robustas para los afiliados y el sistema previsional.

Uno de los cambios más visibles es el de la cotización adicional.En esta, se destinará un 4,5% directo a las cuentas individuales; un 1,5% como préstamo al Estado para mejorar las pensiones actuales; y un 2,5% para dos mecanismos: el bono tabla, que compensará las pensiones de las mujeres por su mayor expectativa de vida, y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Otras modificaciones notorias son las que se proponen para la industria: la licitación periódica del stock de afiliados, el sistema de premios y castigos para incentivar mejores rentabilidades y la introducción de más competencia, son algunos de ellas.

Ha sido fundamentalmente sobre estos temas claves donde han apuntado las principales dudas. ¿Cómo funcionará el prestamos al Estado? ¿Qué implica el sistema de premios y castigos?

El préstamo


El préstamo de los afiliados al Estado -o aporte diferido con rentabilidad protegida, como se llama oficialmente- será del 1,5% del total del aporte del empleador.

"Es un mecanismo de reconocimiento y resguardo de las cotizaciones de los trabajadores enteradas por su o sus empleadores y contará con una garantía del Estado", dice la indicación del Gobierno.

El aporte -dice lo presentado por el Gobierno- dará origen a un "bono de seguridad previsional". Este corresponde a un título que tendrá mérito ejecutivo, emitido en favor del afiliado, en reconocimiento de las cotizaciones enteradas por el empleador.

El bono será intransferible e inembargable. Y podrá emitirse en forma material, mediante un documento que cuente con las características necesarias para impedir su falsificación.

Una vez jubilados, el aporte será integrado a la pensión del trabajador (se pagará en 240 cuotas), incrementado con correspondientes intereses y reajustes, que serán calculados por la Superintendencia de Pensiones.

El interés corresponderá a la tasa de mercado vigente para los bonos de Tesorería General de la República (TGR).

Pero, ¿para qué es el préstamo? El aporte busca financiar el beneficio por año cotizado que introduce la reforma, con el objetivo de aumentar las pensiones actuales, con un tope de 25 años.

Esta garantía será de 0,1UF por año. Y tendrá como requisito que las mujeres hayan cotizado al menos 13 años y los hombres 20.

"Al jubilar el afiliado recibirá todo su aporte más intereses, ya que el bono es transable", escribió en su cuenta de X la economista Soledad Hormazábal, quien fue parte de la mesa técnica que asesoró a la Comisión de Trabajo durante la discusión previsional.

Más competencia


Si bien las AFP no se terminan, como aspiraba el Gobierno en un principio, los cambios en la industria son varios. Una de las direcciones en la que la Comisión había acordado avanzar era la de introducir mayor competencia entre las AFP, con el objetivo de bajar las comisiones a los afiliados.

En aras de ello, el Ejecutivo propuso la posibilidad de que ingresen nuevos actores privados a la gestión de inversiones. Esto, pese a que las AFP mantendrán esa función y la de la administración de las cuentas.

De todo esto se desprende que los privados que quieran competir en la gestión de fondos podrán hacerlo, sin la necesidad de montar un sistema de administación de cuentas y sucursales. Esto, considerando que aquello se puede subcontratar.

Desde el Ejecutivo señalaron que pueden concurrir a la formación de nuevos inversores personas naturales o jurídicas que cumplan requisitos, incluyendo entre éstas últimas a las AGF no filiales de Bancos, y cajas de compensación, con autorización de la Superintendencia de Pensiones.

"Adicionalmente, las instituciones reguladas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) requerirán autorización previa de dichas entidades fiscalizadoras", indicaron también.

En marzo, además -según ha comunicado el Gobierno- entraría al Congreso un proyecto de ley para la creación de un nuevo inversor estatal.

Nuevo rol ISP


Las entidades que ingresen podrán subcontratar las funciones de "soporte" y para esa labor pueden acudir al Instituto de Previsión Social (IPS), que contará con esta nueva función.

"En la administración de cuentas va a haber una alternativa pública, a través del Instituto de Previsión Social", dijo además la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, ayer en la Comisión.

En marzo, además -según ha comunicado el Gobierno- entraría al Congreso un proyecto de ley para la creación de un nuevo inversor estatal, con lo que el rol público en el sistema comenzaría a aumentar.

Licitación de stock


Las indicaciones establecen que, cada dos años, se licitará el 10% de la cartera de afiliados, que será seleccionada aleatoriamente. La licitación se la adjudica la entidad que ofrezca el menor porcentaje de comisión, que deberá ser mantenido por un plazo de cinco años.

Asimismo, quienes inicien labores posterior a la subasta ingresarán de manera automática a la administradora que haya vencido en ese proceso o la que tenga una comisión más baja.

Loas afiliados, en todo caso, no podrán estar siendo licitados siempre. Es que las indicaciones proponen que quienes hayan sido considerados en un grupo a licitar no podrán ser considerados en ninguno de los siguientes nueve procesos de licitación.

"En el caso de las Administradoras de Fondos de Pensiones existentes que participen de la licitación, la comisión ofertada debe ser igual o inferior a la comisión que aquel tenga fijada a la fecha del llamado a licitación", dice lo ingresado por el Gobierno.

"La Superintendencia de Pensiones podrá abstenerse de licitar en
un período determinado cuando existan antecedentes técnicos que lo ameriten", se establece además.

Límite de participación de mercado


Hay otro requisito, en las indicaciones, para que las AFP puedan participar del proceso de licitación. Es que deben tener un límite máximo de participación de mercado de 25% en cuanto a los afiiados.

Medido, esto, como porcentaje del total de los afiliados que no están pensionados.

Soledad Hormazabal entregó a Emol su parecer en torno al proceso de licitación. Al respecto, explicó: "Me parece muy importante que los afiliados puedan elegir no ser licitados ex ante. Eso fue propuesto por la mesa técnica y recogido en las negociaciones, por lo que me extraña que no haya quedado así".

Premios, castigos y no pertenecer al mismo grupo


También con el objetivo de profundizar la competencia, se establece un sistema de premios y castigos para incentivar el desempeño de los inversores. Parte de eso ya se encontraba en el proyecto que se discutió durante el año pasado.

Asimismo, se establece que las administradoras no podrán pertenecer al mismo grupo empresarial que otra. Y que tampoco podrán invertir en activos emitidos o intermediados por las entidades que forman parte de su grupo empresarial.
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