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Escondida: Inicia polémico embargo de sueldo a trabajadores por bono y expertos advierten "implicancias legales"

En 2019 los trabajadores recibieron una bonificación de $8,5 millones, que por orden de la justicia deben restituir.

25 de Junio de 2025 | 12:46 | Por Pablo San Martín, Emol
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En un controvertido fallo, el tribunal laboral de Antofagasta ordenó hace dos semanas la devolución -por parte de 105 trabajadores de Minera Escondida- de un bono de término de conflicto de $8,5 millones, recibido en 2019.

La historia se remonta a 2021, cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta anuló una negociación colectiva entre Minera Escondida y un Sindicato Interempresa por no cumplir con el quórum legal.


La Corte Suprema confirmó el fallo en 2025, lo que fue celebrado por el Sindicato N°1, que lo vio como una victoria ante un intento de dividir la organización. Luego, se ordenó embargar el bono entregado a los 105 trabajadores involucrados.

Según informó el Diario Financiero este 25 de junio se pagan las remuneraciones en Minera Escondida. Y 70 trabajadores verán reflejado en sus sueldos el descuento del bono de hace más de 5 años.

"Es muy difícil procesar esta noticia", indicó uno de los trabajadores al medio citado, que también recoge que el promedio de las remuneraciones brutas de quienes serán embargados es de $4 millones, pero que sin lo que no se puede desconter llega a los $3 millones.

Los descuentos, así, llegarían en algunos casos hasta los $2,7 millones y el promedio superaría el millón.

Advierten "implicancias legales"


Pablo Cifuentes, abogado y socio de CBC Abogados, explica que "el caso podría dar lugar a diversas implicancias legales, como eventuales acciones de los trabajadores contra la empresa o contra los asesores y dirigentes involucrados, por haber propiciado una negociación defectuosa; e incluso acciones constitucionales si los embargos afectan gravemente su sustento".

Indica, asimismo, que "más allá del precedente jurisprudencial que este caso establece, sería deseable que se generase un debate legislativo respecto de quién debe asumir las consecuencias económicas cuando se anula un acuerdo colectivo por vicios formales".

Por su parte, Óscar Olivares, doctor en Derecho y académico de la Universidad Autónoma, sostiene que " la orden del tribunal constituye un precedente desfavorable para el derecho de los grupos de trabajadores a negociar colectivamente, ya que supedita la validez del acuerdo a meras formalidades legales, como lo es el Quórum de constitución de sindicatos de empresa".

Por último, Diego Messen, abogado socio de Moraga & Cía, asevera que "lo que sí hay que tener en consideración es que las remuneraciones pueden ser embargadas con ciertos límites y eso es lo que debe canalizarse y determinarse caso a caso".
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