EMOLTV

Gobierno establece 73 empresas estratégicas en que trabajadores no tendrán derecho a huelga: Revisa cuáles son

El 2023 el Ejecutivo definió 69, cuatro menos que este año.

25 de Septiembre de 2025 | 13:46 | Por Martín Garretón, Emol.
imagen
ATON CHILE
El Diario Oficial publicó la nómina actualizada de las empresas consideradas estratégicas en el país según el Gobierno, donde los trabajadores no podrán ejercer el derecho a huelga en sus procesos de negociación colectiva, conforme a lo establecido en el artículo 362 del Código del Trabajo.

La resolución indicó que 117 solicitaron la calificación, sin embargo, se confirmó que 73 compañías quedaron dentro de esta categoría para el presente año.

La cifra marca un incremento respecto a las 69 empresas consideradas estratégicas en 2023, aunque todavía se mantiene por debajo de las 76 que fueron catalogadas bajo el mismo criterio en 2021.

Este año -y por primera vez- se dio a conocer el listado de firmas que obtuvieron la calificación de forma parcial, lo que quiere decir que las huelgas estarán prohibidas en ciertas áreas de esas organizaciones.

Con todo, entre las principales entidades incluidas en la lista se encuentran compañías de servicios sanitarios y de electricidad, además del Banco Central y diversos centros de atención de salud, todos sectores considerados de utilidad pública o cuya eventual paralización generaría un impacto crítico.

La decisión se fundamenta en que las empresas o faenas seleccionadas "brindan servicios clasificados como de utilidad pública, y que no pueden interrumpir la prestación de sus servicios sin ocasionar un grave daño a la salud, la seguridad o el abastecimiento y la economía del país".

Por ello, se procede a "restringir temporalmente el derecho colectivo a huelga de su respectivo sindicato, en el marco del proceso de negociación colectiva".

La publicación de este listado es una de las más esperadas anualmente por empresas, sindicatos y asesores laborales, dado que determina en la práctica qué organizaciones quedan al margen de la posibilidad de paralizar sus funciones en el marco de negociaciones colectivas.

En esta edición, la nómina fue elaborada de manera conjunta por los ministerios de Economía, Trabajo y Defensa, y se convierte en la primera publicada tras la modificación del reglamento que regula el proceso de calificación de empresas estratégicas.

Con ese cambio, se estableció que la Dirección del Trabajo (DT) asuma la recepción, registro y procesamiento documental de las solicitudes de calificación.

El listado


El primer punto de la resolución, que determina las empresas con prohibición temporal de huelga, incluye una extensa lista de corporaciones de diversos rubros, principalmente servicios sanitarios, energéticos y de gas.

Entre las empresas o corporaciones en las que no se podrá ejercer temporalmente el derecho a huelga se encuentran:

Las 73 empresas que no tendrán derecho a huelga
Aguas Patagonia de Aysén S.A.Empresa Eléctrica de La Frontera S.A.
Aguas Andinas S.A.Empresa Eléctrica de Magallanes S.A.
Aguas Araucanía S.A.Empresa Eléctrica Puente Alto S.A.
Aguas Cordillera S.A.Empresas Gasco S.A.
Aguas de Antofagasta S.A.Enel Colina S.A.
Aguas Décima S.A.Enel Distribución Chile S.A.
Aguas del Altiplano S.A.Essbio S.A.
Aguas del Valle S.A.Esval S.A.
Aguas Magallanes S.A.Gas Sur S.A.
Aguas San Pedro S.A.Gasmar SpA.
Banco Central de ChileGNL Quintero S.A.
Celeo Redes Chile LimitadaLuzlinares S.A.
Central Yungay S.A.Luzparral S.A.
Centro de Diálisis Villarrica Ltda.Metrogas S.A.
Centro de Salud Antares SpA.Nueva Atacama S.A.
Centro Médico de Diálisis Diaseal S.A.Nuevosur S.A.
Centro Renal SpA.Sacyr Agua Chacabuco S.A.
CGE Transmisión S.A.Sacyr Agua Lampa S.A.
Chilquinta Distribución S.A.Sacyr Agua Norte S.A.
Chilquinta Transmisión S.A.Sacyr Agua Santiago S.A.
Compañía Eléctrica del Litoral S.A.Sacyr Agua Utilities S.A.
Compañía Eléctrica Osorno S.A.Servicios Médicos Horizonte S.A.
Compañía General de Electricidad S.A.Servicios Médicos Chillán Viejo SpA.
Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica Chillán Ltda.Sistema de Transmisión del Norte S.A.
Cooperativa Eléctrica Charrúa Ltda.Sistema de Transmisión del Sur S.A.
Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Ltda.Sociedad Diálisis del Maule Limitada
Cooperativa de Abastecimiento de Energía Eléctrica Curicó Limitada.Sociedad Marítima y Comercial Somarco Ltda.
Cooperativa Regional Eléctrica Llanquihue Ltda.Sociedad Nacional de Oleoductos S.A.
Cooperativa de Servicios de Abastecimiento y Distribución de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento Ambiental Yungay, Yungay, Gultro, Los Lirios Limitada.Sociedad Austral de Eléctricidad S.A.
Cooperativa Eléctrica Los Ángeles Ltda.Sociedad GNL Mejillones S.A.
Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico NacionalSuralis S.A.
Cuerpo de Bomberos de ConcepciónTransbordadora Austral Broom S.A.
Cuerpo de Bomberos de ÑuñoaTranselec Concesiones S.A.
Diálisis Colina S.A.Transelec S.A.
Diálisis Norte S.A.Transporte Marítimo Chiloé Aysén S.A.
Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A.Transportes Puelche S.A.
Empresa Eléctrica de Aisén S.A.
Fuente: Diario Oficial

Parciales


El segundo punto de la resolución determinó que la prohibición de ejercer el derecho a huelga se aplicará solo de manera parcial, afectando faenas específicas dentro de grandes empresas de generación eléctrica.

En las que se determinó la prohibición de huelga -en ciertas áreas- son:

En empresa Colbún S.A.: "Área Cerro Navia: Central Nehuenco 1, 2 y 3", "Área Alto Jahuel: Central Colbún" y "Área Araucanía: Central Canutillar".

En Enel Green Power Chile S.A.: "Línea de transmisión vinculada a la Central Pilmaiquén" y "Las instalaciones de los transformadores Pilmaiquén 66-13,8 KV".

En Engie Energía Chile S.A.: Área Arica: Centrales Chapiquiña y Diésel Arica" y "Área Centro: Central Termoeléctrica Tocopilla; Central Térmica Mejillones".

En Enel Generación Chile S.A.: Faenas en "Área Tarapacá: Central TG Tarapacá", "Área O´Higgins: Central Atacama", "Área Diego de Almagro: Central Taltal y Central Diego de Almagro", "Área Pan de Azúcar: Central Los Molles", "Área Cerro Navia: Central Rapel y Central Quintero", "Área Alto Jahuel: Central Pehuenche", "Área Itahue: Central Cipreses", y "Área Biobío: Centrales El Toro, Antuco, Pangue, Palmucho y Ralco".

Rechazo de Solicitudes


El tercer punto de la resolución rechaza las solicitudes de varias empresas, basándose en los fundamentos expuestos en los considerandos de la resolución. Entre las 41 empresas cuyas solicitudes fueron rechazadas se encuentran:

"Administradora de Fondos de Pensiones Uno Sociedad Anónima".

Empresas sanitarias sin contraparte sindical: "Aguas Manquehue S.A.", "Aguas Santiago Poniente Sociedad Anónima", "BCC S.A.", "Empresa de Servicios Sanitarios Aguas de Colina S.A.", "Empresa de Servicios Sanitarios Lo Prado S.A.", "Explotaciones Sanitarias S.A.".

Empresas de telecomunicaciones, transporte y otros rubros: "Arama Natural Products Distribuidora Limitada", "Di Battista Limitada", "Inmobiliaria y Constructora Nueva Pacífico Sur S.A.", "Interexport Telecomunicaciones y Servicios S.A.", "Naviera Austral S.A.", "Transap S.A.", y "Procesadora de Residuos Industriales Limitada".

Empresas con Servicios Mínimos vigentes, como "Comunidad de Servicios de Remodelación San Borja", "Electrogas S.A." y "Innergy Transportes S.A.".