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"Doctrina Oddó": Los dictámenes de la DT que reordenan polémicos criterios laborales

La CUT afirmó que existen diferencias con la actual gestión, aunque señaló que es algo "natural.

09 de Julio de 2026 | 13:53 | Redactado por José Tomás Guzmán, Emol.
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Imagen de referencia fachada DT.

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La Dirección del Trabajo (DT), encabezada por David Oddó, ha emitido en lo que lleva de su administración dos pronunciamientos que han marcado un giro relevante en materia de relaciones laborales.

Ambos dictámenes, centrados en los límites de la negociación colectiva y los efectos de la afiliación sindical, han sido leídos por especialistas como parte de una nueva línea interpretativa de la autoridad, bautizada informalmente como la "doctrina Oddó".

El primer caso se conoció el 23 de junio y apunta a una práctica observada en algunos sindicatos de grandes empresas, trabajadores que se desafilian de una organización sindical mientras siguen afectos a un instrumento colectivo vigente y se incorporan a otro sindicato que inicia una nueva negociación.

Según el dictamen, el trabajador que se desafilia del sindicato con el cual mantiene un instrumento colectivo vigente "permanece sujeto al instrumento colectivo suscrito por la organización a la que pertenecía", no forma parte del proceso de negociación colectiva iniciado por el nuevo sindicato y debe pagar el total de la cuota mensual ordinaria de su antiguo sindicato durante toda la vigencia del instrumento.

Además, la DT precisó que, una vez vencido dicho instrumento, el trabajador pasará a estar afecto al instrumento colectivo del nuevo sindicato, en caso de existir, y podrá negociar colectivamente con esa organización en la oportunidad que corresponda.

Al respecto, los expertos laborales coincidieron en que el dictamen busca ordenar la aplicación del Código del Trabajo, de forma que la medida busca evitar que trabajadores ya sujetos a un instrumento colectivo se cambien de sindicato para presionar por beneficios anticipados derivados de otra negociación.

Aunque algunos expertos advirtieron que el trabajador que cambia de sindicato puede quedar fuera de la negociación colectiva por un período extenso.

El último dictamen


El segundo, apuntó directamente a un criterio fijado en noviembre de 2025 por el entonces director subrogante del Trabajo, Sergio Santibáñez.

En esa oportunidad, la DT había autorizado registrar como "un acuerdo colectivo atípico" un documento marco suscrito entre la Confederación de Trabajadores del Cobre de Chile (CTC) y la Asociación Gremial de Empresarios para la Minería y Rubros Asociados (Agema), con participación de Codelco.

Dicho acuerdo tenía un carácter supraempresa y fijaba condiciones mínimas de sueldos, bonos y beneficios para trabajadores contratistas. Además, el pronunciamiento anterior establecía que su incumplimiento podía implicar un atentado contra la libertad sindical.

Sin embargo, a partir de una solicitud de reconsideración presentada por Agema, la DT resolvió dejar sin efecto ese criterio. En el nuevo dictamen, firmado por Oddó, se sostuvo que la Dirección "no se encuentra facultada para calificar el acuerdo marco como una categoría de acuerdo colectivo atípico producto de la negociación colectiva", por tratarse de una figura que no cuenta con reconocimiento en el ordenamiento jurídico.

El oficio también estableció que no procede el registro del acuerdo marco en la Inspección del Trabajo y que la calificación de un eventual incumplimiento como práctica desleal o antisindical corresponde a los tribunales.

La decisión fue respaldada por distintos abogados laborales. El exdirector del Trabajo Marcelo Albornoz sostuvo a El Mercurio que calificar como instrumento colectivo acuerdos que no cumplen los requisitos legales "escapa al ámbito de atribuciones del director del Trabajo". En esa línea, afirmó que el nuevo criterio rescata "la sana, correcta e histórica jurisprudencia".

Sergio Fuica, socio de Guerrero Olivos, explicó que el nuevo dictamen deja a los acuerdos marco "sin registro, sin fiscalización administrativa y sin protección especial contra prácticas antisindicales". Precisa que "su cumplimiento se litigará en tribunales. Para las empresas, es una llamada de atención sobre la inestabilidad del criterio administrativo en materia de negociación colectiva".

Desde la Central Unitaria de Trabajadores también abordaron el tema. Su presidente, José Manuel Díaz, afirmó que "como CUT siempre defenderemos la libertad sindical y el fortalecimiento de la negociación colectiva". Agregó que "es natural que existan diferencias de criterio entre las organizaciones sindicales y la Dirección del Trabajo" y que lo importante es que esas diferencias puedan abordarse "a través del diálogo social y con pleno respeto a la institucionalidad".
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