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Vocero de la Suprema cuestiona la exclusividad del SII en querellas en casos de financiamiento irregular

El ministro Lamberto Cisternas señaló que la situación se contrapone con la norma que le da a la fiscalía la facultad del ejercicio de la acción penal, y advirtió una carencia de acuerdos políticos para abordarlo.

08 de Julio de 2019 | 10:05 | Por T. Cerna, Emol
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Aton
SANTIAGO.- Era marzo de 2016 y la Fiscalía Nacional volvía a manifestar una de las dificultades con las que contaban para investigar casos por financiamiento irregular de la política: la necesidad de una querella por parte del SII para judicializar las indagatorias.

En aquel entonces, el persecutor nacional, Jorge Abbott, señaló que, "si no hay más querellas (del SII), tendremos que terminar las causas".

Ya con el paso de los años, el escenario para formalizar o acusar a algunos imputados se volvió complejo para el Ministerio Público por dicha situación. Así ocurrió por ejemplo con el ex senador de la UDI Pablo Longueira, por delitos tributarios en el caso SQM.

También con algunos personeros que declararon como imputados en la arista que surgió por el financiamiento a la precampaña de Michelle Bachelet, y que no fueron formalizados. En tanto, en abril de este año se ordenó el sobreseimiento del ex candidato presidencial Marco Enríquez-Ominami en caso OAS por la misma situación.

Ante ello, el ministro vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, salió al habla.

"Yo pienso que tenemos nosotros la deficiencia de no adecuar las leyes oportunamente. Tenemos la deficiencia de pensar que las leyes permanecen inmutables y siguen rigiendo bien. Esa es una gran cosa del Código Civil que fue hecho por una mente extraordinaria, pero las leyes posteriores generalmente tienen que irse adecuando y no se han ido adecuando", señaló el supremo a Radio La Clave.

"Yo pienso que tenemos nosotros la deficiencia de no adecuar las leyes oportunamente".

Ministro vocero de la Suprema, Lamberto Cisternas
Así, precisó sobre las normativas que establecen la exclusividad del SII para judicializar penalmente los casos, que "el Ministerio Público queda inhibido y eso en mi opinión se contrapone con la norma posterior de carácter constitucional que le da al Ministerio Público la facultad y la exclusividad del ejercicio de la acción penal publica".

Y acotó: "Allí debiéramos habernos puesto de acuerdo y ese es un acuerdo político de quienes generan la ley para adecuarla a la nueva disposición constitucional".

Consultado si dicha falta de legislación permitiría una segunda lectura, tendiente a una voluntaria falta de conversaciones, Cisternas acotó: "Yo constato solo la carencia de acuerdos".
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