La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este martes una demanda de indemnización presentada por las iglesias Nuestra Señora de la Asunción y de la Veracruz, ambas afectadas por saqueos e incendios durante el estallido social de 2019.
En un fallo unánime, la 13° sala del tribunal de alzada revocó la sentencia emitida por el 22° Juzgado Civil de Santiago a favor de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción, que obligaba al Estado a indemnizar 76.754,82 UF tras establecer que las autoridades no cumplieron con su obligación de protección y prevención frente a los desmanes
Asimismo, co
nfirmó la sentencia de primera instancia emanada del 17º Juzgado Civil de Santiago que rechazó íntegramente la demanda en contra del Estado por $5.200 millones, sobre la base de similares argumentos.
Según la corte, los demandantes no lograron probar la falta de respuestas por parte de las autoridades durante la asonada de 2019: "No es admisible pretender que las estrategias de abordaje de las autoridades no fueron las idóneas, porque la realidad de los hechos trasciende a lo abstracto y las estrategias sólo pueden ser cuestionadas por quien asista en efecto a los hechos y no por quien los observe desde la comodidad de su escritorio", considera el fallo.
La resolución agrega que: "Las declaraciones de los funcionarios de Carabineros resultan sobrecogedoras cuando describen la violencia y odio con que eran atacados, la circunstancia de verse sobrepasados en todos los casos resultó evidente no solo de sus versiones y de la prueba documental, sino que de los hechos apreciados en videos y noticias de público conocimiento. Tal como refirieron los testigos de la demandada, hubo manifestaciones en las que se congregaron más de 10.000 y hasta 40.000 personas, ante lo cual, el mando desplegó todos los medios humanos y logísticos, para lograr mantener el orden y la seguridad pública, siendo también un hecho publicitado que Carabineros se vio en la obligación de sacar a la calle incluso a cadetes en formación, expresando uno de los testigos que la Escuela de Suboficiales tenía un contingente aproximado de 1500 carabineros que debían cubrir todas las necesidades de la región".
La Corte capitalina considera que "existió planificación y se dispuso de todo lo humanamente posible" para evitar episodios como los que afectó a las iglesias demandantes. "Se afirmó por los testigos que en una de las llamadas no pudieron siquiera llegar hasta la parroquia y que debieron replegarse ante la conducta de los manifestantes".
"El personal de servicio se encontraba en el lugar, pero debieron ser desplazados a una zona segura para reorganizar las fuerzas para que posteriormente, si las condiciones de seguridad lo permitían, tratar de regresar a las facciones asignadas. No es un hecho discutido que no solo hubo civiles que resultaron heridos, también hubo muchos funcionarios de policía que sufrieron las mismas consecuencias", subraya.
Prosigue: "Entonces, finalmente, ¿se puede predicar que Carabineros no hizo todo lo posible ante estos eventos nunca vistos ni previsibles en esta ciudad? La respuesta es no y, en consecuencia, no es posible calificar de deficiente el servicio prestado por las fuerzas de seguridad en los hechos que se conocen", colige el fallo.
Al respecto, el Consejo de Defensa del Estado valoró las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimaron las demandas de indemnización de perjuicios contra el Estado por falta de servicio, relacionadas con los incendios y saqueos.