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Chevesich y posible oleada de casos por cobros del CAE: "Para este tipo de causas masivas hay todo un procedimiento"

La presidenta de la Corte Suprema, explicó su preparación para "poder fallar y resolver más o menos de manera oportuna".

16 de Junio de 2026 | 16:11 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich.

Poder Judicial.
La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, aseguró este martes que ante una posible oleada de casos de deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), existe todo un procedimiento para poder fallar de manera "oportuna".

Consultada respecto a si están preparados como Poder Judicial para enfrentar este tema, la magistrada expresó que "para este tipo de causas masivas hay todo un procedimiento que es analizarlos por relatores, por un grupo de funcionarios, abogados, para ir estableciendo las diferencias en cada uno".

"Y, obviamente, en estos casos, para poder fallar y resolver más o menos de manera oportuna, se están aplicando plantillas que son revisadas por los relatores y, nuevamente, se han firmado de manera masiva", precisó.

Chevesich además fue consultada por una supuesta disputa entre la Corte y el Tribunal Constitucional (TC), sobre un recurso presentado contra la Tesorería General de la República por un deudor del CAE. Esto luego que La Tercera publicara que el TC le pidió explicaciones a la Corte por no respetar la suspensión del recurso.

"Es que en realidad no es nada dramático. La Corte Suprema debe conocer o las cortes de apelación, en este caso, conocer los recursos de de protección que interpone aquel aquella persona respecto a la cual se le está cobrando la deuda por el Crédito con Aval del Estado. En estos casos, las cortes de apelaciones pueden acoger o rechazar los recursos de protección y se impugnan ante la Corte Suprema, y la Corte Suprema tiene que analizar el caso y y eventualmente confirmar o revocar lo decidido. O sea, no hay choque de trenes", sostuvo la ministra.

A la vez que aseguró que "lo que se ve en el Tribunal Constitucional es otro asunto, si en definitiva, una norma en particular estaría contra la Constitución"

Además indicó que "este caso concreto, lo que sucedió es que, efectivamente, el miércoles 20 de mayo a las 4:19 minutos, terminada ya la jornada, efectivamente, se recibió un oficio del Tribunal Constitucional que daba cuenta que había suspendido el procedimiento. El día jueves era feriado, 21 de mayo".

"Y el día viernes, 22 de mayo, a las 8 de la mañana, en el folio 10, el funcionario ingresó a la carpeta electrónica respectiva esta resolución de Tribunal Constitucional y preparó consecuentemente el proyecto que dice, téngase presente la suspensión ordenada por el Tribunal Constitucional", sostuvo.

Pero, acotó que "como era un proceso masivo, los procesos masivos se empiezan a preparar días antes. Entonces, se subieron los fallos, que en definitiva resolvió y firmó la Tercera sala, y paralelamente estaba el escrito en que ordenaba, en que se hacía presente esta circunstancia para que se tuviera en consideración en la Sala".

"Lamentablemente, el abogado, tan pronto tomó conocimiento de la suspensión, pudo haberlo hecho presente al tribunal. Porque si bien sabemos que el día miércoles 20 de mayo, recibimos este escrito pasada la hora de funcionamiento de la Corte Suprema, lo más probable que esta decisión se haya tomado antes. Entonces, podía habernos apoyado y ya él lo ha hecho presente al tribunal", finalizó.
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