EMOLTV

Steinert pide a Dorothy Pérez revertir dictamen que la acusó de exceder sus atribuciones con la PDI

La exministra remitió un escrito de 26 páginas a la contralora en que sostiene que su actuar "se enmarcó en sus atribuciones".

07 de Julio de 2026 | 12:00 | Por Sofía Campos, Emol.
imagen
Aton / Archivo, El Mercurio
La exministra de Seguridad Pública, Trinidad Steinert, pidió a la Contraloría General de la República (CGR) "reconsiderar" el dictamen en que se determinó que habría excedido sus atribuciones al pedir información a la Policía de Investigaciones (PDI).

Esto, luego de que el organismo liderado por Dorothy Pérez estableciera que Steinert excedió sus atribuciones y faltó a su "deber de abstención" al pedir información a la policía civil sobre detectives de brigadas especializadas que trabajaron en la investigación del "Clan Chen".

A través de un escrito de 26 páginas, la exsecretaria de Estado pidió a Pérez que reconsidere el Dictamen N° D344 y el Oficio Reservado N° 28 "dirigido por esta ex autoridad al Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, 'no se ajusta estrictamente a las atribuciones y funciones que el ordenamiento jurídico asigna a la autoridad ministerial de que se trata y no se aviene con su deber de abstención', solicitando se reconsidere".

"Fundo la solicitud en seis motivos autónomos, cada uno de los cuales basta, por sí solo, para rever la conclusión y con el mérito de los nuevos antecedentes no ponderados en el dictamen, incluso sobrevinientes a su emisión, es que solicito se reconsidere el dictamen en lo que se refiere a la atribución que se me hace, tanto en lo referido a las atribuciones que como ministra ejercí, como en cuanto a la omisión del deber de abstención que se me atribuye, todo conforme los fundamentos de hecho, de Derecho y los antecedentes no ponderados en el caso", señaló Steinert.

En concreto, la exministra acusó que el dictamen "invade la esfera del mérito" de una decisión política o administrativa, lo que estaría prohibido para la CGR. Además, señaló que el organismo realizó un juicio "del acto" y no sobre su "necesidad, oportunidad o intensidad". Por ello, mencionó que "el dictamen traspasa esa frontera".

Como segundo motivó señaló un "error de derecho en la inteligencia", ya que en su calidad de ministra, Steinert tenía la facultad para requerir antecedentes aún cuando estos tengan "carácter de secretos o reservados".

"La entrega reservada información, por conducto regular, desde el Director General de la institución policial al despacho de la Ministra de la cual esa institución depende por mandato (...) no constituye divulgación en ningún sentido jurídicamente plausible del término", mencionó, agregando que a su juicio la Contraloría hizo una "interpretación restrictiva" de las facultades del Ministerio de Seguridad Pública.

En tercer lugar, se refirió al "deber de abstención" que reprochó el ente fiscalizador, donde se estimó que Steinert no debió intervenir en la causa dado su excargo como fiscal de Tarapacá. Al respecto, señaló que el dictamen no establece "la existencia de un interés -personal, patrimonial o de las personas vinculadas que la ley señala- capaz de restar imparcialidad a la decisión. El dictamen no individualiza cuál sería ese interés".

El cuarto motivo sería que el dictamen "fue más allá" y emitió "un juicio nominativo de reproche sobre la conducta personal de una exautoridad que había cesado en el cargo el 19 de mayo de 2026, más de un mes antes de su emisión", por lo que "ya no integraba la administración, de modo que del pronunciamiento no puede seguirse sumario, medida correctiva ni efecto administrativo alguno".

Asimismo, Steinert cuestionó el origen del caso a través de una "divulgación ilícita de un documento reservado" y señaló que nunca se dio cuenta de cómo se filtró el escrito ni cómo llegó a conocimiento de la Contraloría. "La difusión antijurídica no constituye fuente lícita de acceso ni convalida tratamientos posteriores", enfatizó la exministra.

Por último, la exministra acusó por parte de Contraloría una "omisión de notificar el dictamen a la única persona a quien reprocha", lo que configura "indefensión".

"Esa omisión no es un descuido inocuo", enfatizó Steinert, y mencionó que "resulta difícilmente conciliable con esas garantías que un pronunciamiento llamado a servir de pieza de cargo contra una persona se comunique a los denunciantes, a la Fiscalía Nacional y a la institución policial, y no a la persona reprochada".

Por todo lo anterior, Steinert pidió "dejar sin efecto" la conclusión del dictamen y que se declare que el Oficio Reservado N° 28 "se enmarcó en las atribuciones" que la ley confiere al Ministerio de Seguridad Pública, además de que "no concurrió a su respecto infracción al deber de abstención".