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Provida espera recibir US$ 9,12 millones tras demanda contra CTC

Asimismo, fue confirmada la demanda interpuesta por las AFPs en contra de los directores de Telefónica CTC y su filial CTC Mundo, que votaron a favor de la venta de su negocio de Internet a Terra Networks, filial de Telefónica.

07 de Junio de 2000 | 15:03 | EL MERCURIO ONLINE
SANTIAGO.- La mayor administradora de fondos de pensiones de Chile Provida informó hoy que espera recibir US$ 9,12 millones como indemnización por los perjuicios económicos -estimados en US$ 28,7 millones- causados a las ocho AFP, que tienen una participación del 18% en Telefónica CTC Chile, debido a las diferencias de valorización en la venta por US$ 47,9 millones de su negocio de Internet a Terra Networks, filial de Telefónica (España).

El monto mencionado -que considera la participación del 2,12% de Provida en
Telefónica CTC Chile- es "sin perjuicio de los mayores o menores valores que en
definitiva se determinen por parte del respectivo tribunal, conforme a los
antecedentes, pruebas y méritos del proceso. Esta cifra se desprende de un menor ingreso calculado por la operación de venta de US$ 161,7 millones, dada la valorización de la operación por los estudios aludidos en US$ 201,7 millones", manifestó Provida a través de un hecho esencial.

A su vez, confirmó la demanda interpuesta por las administradoras ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago en contra de los directores de Telefónica CTC Chile y su filial CTC Mundo, que votaron a favor de la operación (quedan excluidos Nicolás Majluf, Felipe Montt y Augusto Iglesias) y de los gerentes generales de ambas empresas, destinada al resarcimiento con carácter solidario por parte de los demandados a los fondos de pensiones.

"En la demanda se ha hecho expresa reserva de los derechos de las AFPs demandantes, en su carácter de inversionistas, a entablar las otras acciones que sean pertinentes a las personas y entidades que fueron responsables, analizándose el mérito de las acciones en contra de las sociedades que componen el grupo empresarial de Telefónica España", sostuvo.

Agrega que la acción se basa en la ineludible responsabilidad que tienen las AFPs de cautelar los intereses de los fondos de pensiones, en especial, la norma del artículo 147, Título XIV "De la Regulación de Conflictos de Interés" del Decreto Ley N° 3.500.
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