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Solari: Reforma Laboral fomentará contratación de mujeres y jóvenes

El Gobierno dio a conocer el contenido del proyecto de Reformas Laborales que hoy envío sin urgencia al Congreso para su tramitación, en el que se promueve especialmente la contratación de mujeres y jóvenes vía nuevas formas de contratación que aseguran el cumplimiento de los derechos laborales y previsionales vigentes.

17 de Noviembre de 2000 | 15:14 | El Mercurio Online
TALCA.- El Gobierno dio a conocer el contenido del proyecto de Reformas Laborales que hoy envío sin urgencia al Congreso para su tramitación, en el que se promueve especialmente la contratación de mujeres y jóvenes vía nuevas formas de contratación que aseguran el cumplimiento de los derechos
laborales y previsionales vigentes.

Por ejemplo, la iniciativa contempla un contrato de tiempo parcial que permite contratar trabajadores por un máximo de 30 horas semanales, cuya jornada podrá variar semanalmente de acuerdo a lo que pacten el trabajador y el empleador.

Además, establece el contrato de Trabajo-Formación para nuevas contrataciones de jóvenes entre 18 y 24 años. El empleador podrá descontar del pago de eventuales indemnizaciones el costo de la capacitación vía SENCE que el empleador les haya otorgado

Asimismo, pretende favorecer el Teletrabajo eliminando la limitación de jornada para los trabajadores que presten sus servicios fuera del lugar de funcionamiento de la empresa empleando medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones.

Jornada laboral alternativa



La reforma posibilita una distribución más eficiente de la jornada laboral, lo que potencia la generación de empleo permitiendo optimizar el uso de la capacidad productiva de la empresa.

Se podrá pactar una distribución mensual de la jornada de trabajo, reduciendo de 208 a 186 las horas mensuales actualmente trabajadas, con un máximo de 30 horas extraordinarias durante dicho lapso.

Estos pactos aseguran completo resguardo de los derechos laborales y serán concordados por la organización sindical y la empresa por un máximo de dos años. Para su vigencia se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los trabajadores involucrados.

Todos los trabajadores acogidos a este pacto sólo podrán trabajar un máximo de 12 horas diaria y tendrán un día de descanso a la semana.

promoción de las organizaciones sindicales

La reforma promueve la formación de sindicatos y asegura la plena autonomía sindical, la que implica un retiro del estado de aquellas funciones reguladores que quedan ahora entregadas a la decisión directa de los trabajadores.

Se rebajan todos los quórum sindicales favoreciendo la formación de sindicatos. Reduce a 8 el número mínimo de trabajadores para constituir un sindicato en empresas con menos de 50 trabajadores. En empresas con 51 trabajadores y más, podrán crear sindicatos 20 trabajadores que representen el 10% del total.

Se reconoce la plena libertad de afiliación. Los trabajadores podrán afiliarse a las organizaciones que quieran, con la sola restricción de que no podrán pertenecer a más de un sindicato en la misma empresa
Los trabajadores elegirán el número de dirigentes que estimen necesario, el cual no será restringido por ley. Se mantiene la norma sobre fueros y permisos sindicales de los dirigentes.

Se excluye la intervención de los funcionarios del Estado en los actos internos del sindicato y se reconoce el autocontrol de los mismos, lo que permitirá incrementar el número de fiscalizadores laborales en terreno.

El trabajador que pierde su empleo podrá mantener una vinculación con la federación a la que ha estado afiliado, pudiendo así beneficiarse de la ayuda social y la capacitación laboral brindada por la organización.

Protección contra las prácticas antisindicales

La reforma protege a los trabajadores que quieran crear sindicatos y perfecciona las normas que sancionan la violación de la libertad sindical.

El despido de trabajadores con fuero sindical se sigue considerando nulo, explicitándose la obligación de reintegro al empleo. Se aumentan las sanciones existentes para la violación del fuero laboral.
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