Qué es el royalty
La definición netamente económica de royalty es: "Utilización o explotación que una empresa hace de una patente, técnica u obra que son propiedad de un tercero, derivada de la autorización contractual que éste le hace y por la que se paga una suma de dinero".
Dicho de otro modo, un royalty es una regalía (que es la traducción literal)o precio que se le cobra a una empresa por aprovechar un insumo determinado y que pertenece a alguien. Hay, entonces, tres conceptos involucrados en esta regalía. El primero es quien usa este insumo, el segundo es el dueño de este factor productivo y el tercero, es el precio que se debe pagar por la utilización.
Los actores
Aplicando la definición al caso chileno,en primer lugar está quien usa el insumo(minerales),que corresponde a las empresas mineras.
El segundo factor es el dueño de estos factores productivos, que en nuestro caso, y de acuerdo a la Constitución es el Estado chileno.
El tercer elemento, el precio que hay que pagar por el uso, vendría siendo el royalty en si mismo. Es decir, el 3% que se le quiere cobrar a las empresas por las utilidades de los minerales metálicos. (los no metálicos también pagan, pero un 1%).
El conflicto
La minería en Chile funciona a través de concesiones que permite el uso y explotación del yacimiento como si fuera propio por parte de las compañías interesadas. Las empresas mineras que reciben estas concesiones están obligadas a pagar una patente que es un equivalente a un impuesto por funcionar en este determinado sector productivo. Los precios de estas patentes en la minería metálica es de 0,1 UTM ($2.974) por hectárea. En tanto, para las firmas de minería no metálica el pago llega a 0,03 UTM ($991). En total, por este concepto se recaudan unos 20 millones de dólares anuales.
Lo que argumentan las mineras es que el royalty es una carga impositiva discriminatoria a su sector, ya que se les grava por las utilidades que producen al vender los minerales, cosa que nunca se había hecho y que no se condice con el concepto de concesión que siempre se ha aplicado en el país. También se argumenta que vulnera el derecho a la propiedad del mineral que las empresas adquieren con la concesión.
También se defienden diciendo que el royalty afecta la inversión, ya que todos los costos de exploración y explotación de los yacimientos corren por cuenta de las mineras y que en definitiva, no habría minas si no fuese por la gestión que realizan.
El Gobierno argumenta que el royalty es una regalía que se paga por las utilidades de recursos que pertenecen, constitucionalmente, al Estado y que no son renovables. Es por eso que, por ejemplo, un royalty a las salmoneras o las madereras no tendría razón de ser. En otras palabras, la concesión no le otorga a las mineras la propiedad real de los minerales, simplemente son una especie de "cuidadores" de una riqueza que por ley le pertenece al Estado y que se está aplicando un pago por recursos que nunca recuperarán.
También se defiende con cifras. De aplicarse el royalty, el estado recaudaría entre 100 y 150 millones de dólares anualmente, que irían en un gran porcentaje destinados a un fondo para el desarrollo e investigación tecnológica.
Otro factor que considera es que en 170 países el concepto de royalty existe y se aplica con tasas que alcanzan hasta un 30%.