La iniciación de sus actividades deberá hacerse, a más tardar el 1° de octubre de 2004.
17 de Agosto de 2004 | 12:34 | Economía y Negocios On Line
SANTIAGO.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de Bancos, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF, entregó hoy la autorización para funcionar al "Banco Penta".